SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares. Foto: Especial
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares. Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales las reformas que dieron pie a la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), el cual condicionaba el uso de celulares a la recopilación de datos biométricos.

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En la sesión de este lunes, nueve de 11 ministros votaron a favor del proyecto de Norma Piña Hernández, quien propuso invalida las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobadas por el Congreso en abril de 2021.

De acuerdo con la sentencia, que resuelve la acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, interpuestas por el INAI, el Panaut pone en riesgo los derechos “a la privacidad, intimidad y protección de datos personales”.

Estadios seguros

En su intervención, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente de la SCJN, reconoció que el padrón fue diseñado para inhibir delitos, como la extorsión y el secuestro, pero coincidió con Piña Hernández en que las reformas aprobadas por el Legislativo no garantizan la protección de datos personales.

Y es que la puesta en marcha del Panaut obligaría a más de 100 millones de usuarios de telefonía móvil en México a proporcionar datos personales y biométricos (como huellas dactilares) sin hacer explícito cómo se mantendrán seguros y sin darles mal uso.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso exhortar al Congreso de la Unión para que legisle para que los distribuidores y concesionarios registren a sus usuarios de prepago.

Desde finales de abril de 2021, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones concedió la suspensión definitiva contra el Panaut, pues determinó que viola derechos de usuarios y no implica la disminución de los delitos.

LPR