SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares. Foto: Especial
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares
SCJN invalida padrón nacional con datos biométricos de usuarios de celulares. Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales las reformas que dieron pie a la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), el cual condicionaba el uso de celulares a la recopilación de datos biométricos.

En la sesión de este lunes, nueve de 11 ministros votaron a favor del proyecto de Norma Piña Hernández, quien propuso invalida las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobadas por el Congreso en abril de 2021.

De acuerdo con la sentencia, que resuelve la acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, interpuestas por el INAI, el Panaut pone en riesgo los derechos “a la privacidad, intimidad y protección de datos personales”.

En su intervención, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente de la SCJN, reconoció que el padrón fue diseñado para inhibir delitos, como la extorsión y el secuestro, pero coincidió con Piña Hernández en que las reformas aprobadas por el Legislativo no garantizan la protección de datos personales.

Y es que la puesta en marcha del Panaut obligaría a más de 100 millones de usuarios de telefonía móvil en México a proporcionar datos personales y biométricos (como huellas dactilares) sin hacer explícito cómo se mantendrán seguros y sin darles mal uso.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso exhortar al Congreso de la Unión para que legisle para que los distribuidores y concesionarios registren a sus usuarios de prepago.

Desde finales de abril de 2021, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones concedió la suspensión definitiva contra el Panaut, pues determinó que viola derechos de usuarios y no implica la disminución de los delitos.

LPR

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