La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la prisión preventiva deberá ser revisada por el juez cuando el acusado cumpla dos años encarcelado sin que tenga una sentencia, lo cual aplica incluso en delitos graves.
Lo anterior, en sesión de este miércoles, donde los ministros aprobaron, con cuatros votos a favor, el proyecto de Juan Luis González Alcántara, para resolver el amparo en revisión 315/2021.
De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, para que la duración de la prisión preventiva pueda prolongarse, deberá sujetarse a un escrutinio elevado en justificación para que no se extienda innecesariamente.
El juez que lleve un caso de estos deberá analizar si el asunto no es complejo, que su actividad procesal no es la detonante de la prórroga para la culminación del proceso y que la conducta de las autoridades no ha sido pronta durante el proceso.
RE: LPR
Editado por: Laura Ortega