En Puebla, reducen 40% agresiones a periodistas en 7 meses
Para asegurar a periodistas, plantean 10% del presupuesto de comunicación. Foto: EsImagen
En Puebla, reducen 40% agresiones a periodistas en 7 meses
Para asegurar a periodistas, plantean 10% del presupuesto de comunicación. Foto: EsImagen

Para el programa de aseguramiento de periodistas independientes, el gobierno federal debe aportar al menos el 10 por ciento de su presupuesto anual destinado a comunicación social, y lo mismo tienen que dar los estados para que accedan a servicios del Insabi.

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Así lo plantea la iniciativa para reformar y adicionar las leyes federales del Seguro Social y Salud, presentada por el diputado morenista Sergio Gutiérrez Luna ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

El también presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados expone que el objeto de su propuesta es formalizar a nivel legislativo el Programa de Aseguramiento a Periodistas por Cuenta Propia, anunciado el 7 de junio por el presidente Andrés Manuel López Obrador, para garantizar su permanencia en el futuro.

Estadios seguros

En este sentido, la iniciativa propone adicionar a los periodistas como sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del IMSS para que accedan los servicios de salud y seguridad social “en forma progresiva”.

  • Para el financiamiento del programa, el artículo segundo transitorio de la propuesta de reforma a la Ley del Seguro Social establece que “el gobierno Federal deberá aportar por lo menos un diez por ciento de su presupuesto anual destinado a comunicación social para la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas periodistas por cuenta propia”.

El tercero transitorio agrega que el porcentaje del presupuesto anual de comunicación social destinado al programa no podrá ser disminuido en el siguiente ejercicio fiscal.

Entidades también deben aportar 10%

En la reforma a la Ley de Salud, el segundo transitorio establece que los gobiernos federal y de las entidades federativas “deberán aportar por lo menos un diez por ciento de su presupuesto anual destinado a comunicación social para la prestación gratuita de servicios de salud y medicamentos a periodistas independientes a través de convenios con el Insabi.

Y tercero, de manera paralela al gobierno federal, las entidades no podrán disminuir el porcentaje del presupuesto destinado para financiar dichos servicios en el siguiente ejercicio fiscal, según el tercero transitorio.

¿Quiénes son los periodistas independientes?

De acuerdo con la reforma a la Ley del Seguro Social, la fracción XX del artículo 12 define a las “personas periodistas por cuenta propia” como aquellas “personas físicas sin seguridad social que ejerzan en territorio nacional el periodismo, sin contar con un patrón ni percibir un salario por la labor periodística que desempeñan”.

El artículo 26A establece que la Secretaría de Gobernación (Segob), en coordinación con el IMSS y demás autoridades del sector salud, deben fijar los términos, modalidades y alcances del programa de aseguramiento “considerando las reglas de financiamiento al mismo”.

Comité consultivo definirá criterios de selección

El 26B señala que la Segob y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicarán los lineamientos para la ejecución y operación del programa en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los cuales debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Las reglas de integración y funcionamiento del Comité Consultivo honorífico, integrado por periodistas y comunicadores destacados en el medio, que tendrá como funciones:
  • Definir los criterios de elegibilidad de beneficiarios del programa de aseguramiento, entre ellos inscripción en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y documentos que acrediten su ejercicio vigente de la actividad periodística.
  • Integrar y mantener actualizado el Censo de Personas Periodistas por Cuenta Propia, así como recibir y conocer de las solicitudes de incorporación al mismo.
  • Resolver sobre la inscripción de las personas periodistas solicitantes en el censo para ser incorporadas al régimen de aseguramiento.

2. Las reglas para una plataforma digital de registro accesible en la que los postulantes puedan ingresar sus datos y documentos, así como consultar los dictámenes del Comité Consultivo.

3. Los procedimientos para aprobación de las solicitudes de incorporación al programa.