
En agosto de 2021, el Instituto Nacional de Migración (INM) detuvo por 70 días a una persona de origen ecuatoriano, que ingresó al país de forma legal, pues la autoridad migratoria del AIM autorizó a la víctima la condición de visitante con temporalidad de 180 días.
Por ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 67/2022 al comisionado del INM, Francisco Garduño Yáñez, por la violación a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la libertad personal y a la libertad de tránsito, cometidas por personal de ese instituto.
La víctima fue retenida indebidamente el 31 de agosto del año pasado, y alojada injustificadamente en una estación migratoria, a pesar de que a su ingreso la autoridad migratoria del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México le había extendido la forma que le otorgaba calidad de visitante.
De las evidencias recabadas por la CNDH se confirmó que, al momento de ser detenida y presentada, la víctima tenía una situación migratoria regular en el país, y que, a pesar de ello, se le detuvo de manera indebida y permaneció alojada, de forma injustificada y arbitraria, por más de 70 días en una estación migratoria.
Piden compensación para la víctima
Se evidenció, además, que personal del INM decidió mantener a la víctima sujeta a un control de firmas, que trajo como consecuencia la pérdida del derecho al libre tránsito, medida que la CNDH estimó fue desproporcionada, fue hasta que un juez ordenó su salida, que la persona afectada pudo salir de dicho lugar.
El órgano autónomo pidió al Instituto Nacional de Migración otorgar a la víctima una compensación de forma apropiada y proporcional a la gravedad de los sucesos, teniendo en cuenta las circunstancias y pérdidas económicamente evaluables como el daño moral, la pérdida de oportunidades, los daños patrimoniales, tratamientos médicos o terapéuticos y demás gastos que hayan provenido de los hechos violatorios de derechos humanos.
E: LGG





