CNDH da recomendación al IMSS por muerte de adulta mayor en Ecatepec
IMSS debe reparar daño por muerte de paciente en Iztacalco, CDMX: CNDH. Foto: Especial
CNDH da recomendación al IMSS por muerte de adulta mayor en Ecatepec
IMSS debe reparar daño por muerte de paciente en Iztacalco, CDMX: CNDH. Foto: Especial

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe reparar el daño a la víctima indirecta por la muerte de una paciente adulta mayor en el Hospital General de Zona número 30 (HGZ-30) “Iztacalco”, quien murió por inadecuada atención del personal médico.

Así lo resolvió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la recomendación 48/2022, dirigida al director general del instituto, Zoé Alejandro Robledo Aburto.

De acuerdo con la investigación del organismo, el 6 de agosto de 2019, la paciente ingresó a dicho nosocomio por presentar “neuropatía diabética, hinchazón de piernas y vómito”, además de requerir una hemodiálisis de manera urgente.

Personal de la CNDH confirmó que el personal médico que atendió a la paciente omitió integrar los diagnósticos clínicos de encefalopatía urémica, sepsis y síndrome de respuesta inflamatoria sistémica, confirmados mediante estudios de laboratorio, y tampoco solicitó interconsulta con especialistas en medicina para su valoración y posible ingreso a la Unidad de Cuidados Intensivos.

Además, los médicos desestimaron el hecho de que la víctima era una persona mayor, con comorbilidades descontroladas y descompensación metabólica, las omisiones detectadas provocaron que el estado de salud de la paciente se agravara -al presentarse un paro cardiorrespiratorio súbito- que derivó en su posterior fallecimiento, vulnerando con ello sus derechos humanos a la protección de la salud y a la vida.

La revisión del expediente clínico de la paciente arrojó que, a pesar de su delicado estado de salud, solo se tiene constancia médica escrita de una valoración realizada el 10 de agosto de 2019 y la ausencia de valoración, interconsulta y estudios de laboratorio pertenecientes al día 11, aunado a que los médicos tratantes omitieron anotar su nombre completo, cédula profesional, matrícula y servicio, con lo cual se acreditó la violación al derecho a la información en materia de salud.

Por lo anterior, la Comisión Nacional solicita al director general del IMSS reparar el daño causado a la víctima indirecta de este caso y proveer en su favor la atención psicológica y tanatológica necesaria, además de ordenar la adopción de medidas que permitan garantizar que los expedientes clínicos elaborados en el Hospital General de Zona “Iztacalco” se encuentren debidamente integrados.

También deberá designar a una persona servidora pública de alto nivel a fin de dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.

Asimismo, le recomienda colaborar en el seguimiento de la queja y la denuncia que presente la CNDH ante el Órgano Interno de Control en el IMSS por las violaciones a derechos humanos acreditadas y la Fiscalía General de la República, respectivamente; así como instruir la impartición de cursos de capacitación en materia de protección a la salud, derecho a la vida y la adecuada integración del expediente clínico, entre otros.

LPR

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