Plazo para actualizar socios y accionistas vence el 30 de junio: SAT
Conoce las facilidades del SAT para impuestos del sector primario. Foto: Opportimes
Plazo para actualizar socios y accionistas vence el 30 de junio: SAT
Declaraciones del SAT ya tienen información precargada; checa detalles. Foto: Opportimes

Si continúas aplazando el llenado de tus declaraciones provisionales o definitivas porque te lleva horas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya la ha precargado con cifras basadas en tu facturación y antecedentes para facilitarte la tarea.

De acuerdo con este organismo, encabezado por Raquel Buenrostro Sánchez, este servicio está disponible para todos los contribuyentes, sean personas físicas o morales.

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Los principales cambios que se realizaron son los siguientes:

1. Precarga de facturas de ingresos y gastos.

En este campo, únicamente se precargan las facturas con método de pago en una sola exhibición, por lo que el contribuyente puede complementar de manera manual, dentro de la misma declaración, en los campos habilitados lo siguiente:

  • Facturas con método de pago en parcialidades o diferido.
  • Notas de crédito o alguna disminución de ingresos.

2. Precarga de pérdidas fiscales y coeficiente de utilidad.

Este dato se calcula con base en la información proporcionada en la declaración anual inmediata anterior, por lo que, en caso de requerir su modificación, el contribuyente podrá presentar las declaraciones complementarias que correspondan.

Puedes revisar tus declaraciones y complementarlas

El SAT recalcó que estas modificaciones se realizaron conforme a las disposiciones fiscales y con la intención de simplificar el llenado de la declaración.

Por ello, si algún contribuyente considera que algún dato es erróneo, cuenta con la posibilidad de revisar sus declaraciones presentadas con anterioridad y, en su caso, presentar las declaraciones complementarias correspondientes.

También se realiza un atento recordatorio a las personas físicas que optaron por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, a efecto de puntualizar que durante este ejercicio fiscal la presentación de las declaraciones provisionales es opcional; mientras que, la declaración anual se deberá presentar en el año 2023.

Si el contribuyente aún no se encuentra familiarizado, le invitamos a visitar el minisitio del Régimen Simplificado de Confianza:

http://omawww.sat.gob.mx/RegimenSimplificadodeConfianza/Paginas/index.html