Plazo para actualizar socios y accionistas vence el 30 de junio: SAT
Conoce las facilidades del SAT para impuestos del sector primario. Foto: Opportimes
Plazo para actualizar socios y accionistas vence el 30 de junio: SAT
Conoce los criterios de SAT para devoluciones de ISR de 2021. Foto: Opportimes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer los criterios generales que se considerarán en el sistema automático de devoluciones en el marco de la Declaración Anual 2021 de personas físicas, que tengan saldo a favor del ISR.

Mediante un boletín, indicó que los depósitos de las primeras devoluciones autorizadas se han visto reflejados durante la segunda semana de este mes.

Destacó que las devoluciones aplican para todas las personas físicas presenten declaración normal o complementaria del ejercicio fiscal 2021, con saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y se sitúen en los siguientes supuestos:

*Envíen su declaración de forma electrónica ya sea con Contraseña o firma electrónica (e.firma).

*El importe a devolver mediante el Sistema Automático de Devoluciones, sea menor o igual a 150 mil pesos.

*Confirmen su número de cuenta bancaria CLABE, la cual deberá estar a nombre de la persona contribuyente.

*Señalen la opción de devolución en la declaración del ejercicio 2021.

Por su parte, el SAT expresó que no se consideran dentro del sistema automático de devoluciones los siguientes supuestos:

*Si el saldo a favor es por un monto superior a 150 mil pesos, en este caso, la devolución se solicitará con el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

*Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al ejercicio 2021.

*Presenten la declaración mediante Contraseña, estando obligados a presentarla con firma electrónica (e.firma).

*Presenten solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2021 que hayan ingresado.

*Presenten la declaración anual normal o complementaria del ejercicio fiscal 2021, posterior al 31 de julio del presente año.

*Cuando no hayan elegido la opción de devolución en la Declaración Anual, podrá modificar estas opciones al presentar la declaración complementaria del ejercicio, señalando dicho cambio antes del 31 de julio del presente año.

*Si durante el ejercicio al que corresponde el saldo a favor, la persona contribuyente se encuentre suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o como no localizable.

ARS

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *