¿Sabes qué es la pensión alimenticia? En Puebla, hay mil 875 sentencias
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia en México? Aquí te decimos. Foto: Lex Pro Humanitas
¿Sabes qué es la pensión alimenticia? En Puebla, hay mil 875 sentencias
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia en México? Aquí te decimos. Foto: Lex Pro Humanitas

La pensión alimenticia es el pago obligatorio que un padre o tutor hace al otro para la manutención básica de los hijos, lo cual incluye alimentos, vestido, educación, según lo establece el Código Civil Federal. Aquí te explicamos cómo se calcula.

De acuerdo con dicho ordenamiento, la cantidad puede variar, pero se encuentra entre el 15 y el 30 por ciento del salario o los ingresos que genere la parte deudora o demandada. Este monto es por cada hijo que haya en el matrimonio, sean hijos de sangre o adoptados.

El juez que esté a cargo debe realizar una valoración y un cálculo económico teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • Zona donde habita la pareja demandada.
  • Número de hijos.
  • Capacidades especiales de cualquiera de los involucrados (hijos o tutores).
  • Deudas que tenga la persona demandada (créditos, préstamos o hipotecas).
  • Salario percibido.

Asimismo, se debe resaltar que este derecho no termina con la mayoría de edad cumplida por los hijos, sino que se extiende hasta los 21 años, o hasta que el beneficiario termine sus estudios profesionales.

Además, se contemplan casos en los que el hijo carezca de los recursos para subsistir o en caso de padecer alguna enfermedad que afecte sus facultades mentales o motrices y que requiera de un cuidado permanente aún cuando haya cumplido la mayoría de edad. Cuando esto sucede, el cónyuge que esté a cargo del hijo puede seguir reclamando la pensión alimenticia.

Cabe recordar que tanto hombres como mujeres pueden reclamar este pago en favor de los vástagos, pero no solo eso, también los padres pueden exigirla a los hijos cuando estos no tengan los medios para vivir o generar ingresos para mantenerse.

De igual manera, cuando existe un divorcio, la parte que demuestre, tanto hombre como mujer, que no pudo producir un patrimonio que le asegure la solvencia económica por dedicarse a las labores domésticas, también puede acceder a la demanda de la pensión y esta termina cuando el demandante contraiga matrimonio nuevamente.

RE: LPR

Editado por Istfan AC

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