Por permitir uso de fuerza, CNDH impugna en SCJN Ley de Salud Mental de Puebla
CNDH pide a SCJN dar solución a caso de desaparición de 2 activistas. Foto: Especial
Por permitir uso de fuerza, CNDH impugna en SCJN Ley de Salud Mental de Puebla
CNDH pide a SCJN dar solución a caso de desaparición de 2 activistas. Foto: Especial

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Suprema Corte resolver a la brevedad el amparo solicitado por la desaparición forzada de los activistas Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya en Oaxaca, ocurrida en 2007.

El organismo relató que el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal del Primer Circuito otorgó la protección y amparo de la justicia federal a las víctimas y familiares de estas, pero el fallo fue impugnado por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Fiscalía General de la República.

El recurso fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, quien solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conocer el caso.

Mediante acuerdo de fecha 4 de marzo de 2020, la Primera Sala de la SCJN determinó ejercer su facultad de atracción; por consiguiente, se ordenó que se formara el expediente del amparo en revisión 51/2020.

Sin embargo, el caso sigue sin resolución, lo cual preocupa al organismo porque se trata de un asunto de larga data y suma trascendencia, ya que la desaparición forzada configura una violación múltiple de derechos humanos de carácter complejo e implica una atención expedita e integral.

Por lo anterior, solicitó al tribunal constitucional mexicano prioridad en la resolución del caso de desaparición forzada de los dos luchadores sociales ocurrida en Oaxaca durante el 2007, dado que la dilación en el proceso ocasiona que se perpetúen las transgresiones a sus derechos humanos y a su dignidad e impide que las víctimas y sus familias tengan pleno acceso a la justicia

María Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la CNDH, lamentó que la Suprema Corte no se haya abocado a resolver el caso a pesar de que en diciembre un Tribunal Colegiado le pidió ejercer su facultad de atracción.

Editado por Esteban AC

RE: LPR

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