Conductores que causen, en estado alcohólico, muertes viales perderán licencia
Conductores que causen, en estado alcohólico, muertes viales perderán licencia. Foto: Especial
Conductores que causen, en estado alcohólico, muertes viales perderán licencia
Conductores que causen, en estado alcohólico, muertes viales perderán licencia. Foto: Especial

En Puebla, a quien comete accidentes en estado de ebriedad se le quitará la licencia por 10 años, y si le quita la vida a una persona se le castigará con una pena de hasta 8 años de cárcel; mientas que quien ayude en la evasión de presos igual se le impondrán 8 años máximo.

Lo anterior, fue aprobado por el Congreso local durante la sesión ordinaria de este martes, tras las reformas hechas al Código Penal y a la Ley de Vialidad del estado, derivado de las iniciativas que envío el gobernador Miguel Barbosa Huerta en semanas pasadas.

En el primer caso se aprobó con 34 votos a favor que la duración de la suspensión de la licencia de manejar podrá ser de uno a diez años, o en su caso la cancelación definitiva, tras la modificación al artículo 51 de la Ley de Vialidad para el Estado de Puebla.

Así como que quien cause homicidio o lesiones al conducir un vehículo de motor, hallándose en estado de embriaguez superior al primer grado, o bajo el efecto de estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca un efecto similar, recibirá de 3 a 8 años de prisión, tras adicionar diversas disposición al artículo 323 del Código Penal.

Es necesario precisar que dichas iniciativas derivaron de los casos de atropellamiento a menores de edad ocurridos en Puebla y en Atlixco, en el primero un joven perdió la vida luego de que fuera arrastrado por varios metros por un automóvil.

Mientras que en el segundo dos menores perdieron la vida luego de que un automovilistas, bajo los influjos del alcohol, los embistió por atrás y uno de ellos quedó prensado contra la pared de una casa, que ocasionó su muerte instantánea.

8 años por evasión de presos

Por su parte, los diputados aprobaron con 35 votos incrementar cómo mínimo 5 años y con máximo 8 años de cárcel a quien cometa el delito de evasión de presos, esto luego de que custodios del penal de San Miguel ayudaron a fugarse a Felipe N, alias “El Pirulí”, el pasado 6 de junio.

Para ello se hicieron reformas al artículo 436 Quinquies del Código Penal, ya que anteriormente se tenía establecido que las penas serían de tres meses a 5 años, por lo que con las modificaciones se aumentó 3 años.

Por ello, la conducta de evasión de presos quedo tipificada en el artículo 436, estipulando que el encargo de custodiar a un recluso, que lo ponga en libertad o proteja en su evasión de la justicia, será sancionado con hasta de 10 años máximo.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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