Lactancia materna evita muerte de 1.3 millones de infantes: Unicef
Secretaría de Salud: es posible amamantar aunque se tenga Covid-19. Foto: Flicker
Lactancia materna evita muerte de 1.3 millones de infantes: Unicef
Avanza Ley de Lactancia Materna en Puebla; será tercera en el país. Foto: Flicker

Con la aprobación de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción de la Lactancia Materna, en Puebla se incentivará que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta el segundo año de vida; la entidad es la tercera en aprobar una ley en la materia.  

Y es que, este lunes la Comisión de Igualdad de Género del Congreso de Puebla aprobó por unanimidad de votos la expedición de dicha ley, formulada con las iniciativas de Nora Merino Escamilla y Eduardo Gandur Islas.  

La ley busca promover la lactancia materna al señalar que ésta provee el mejor estado nutricional del grupo materno-infantil, así como adoptar nuevas condiciones que mejoren la protección de la salud de este sector, como crear programas y acciones del gobierno con perspectiva de género, garantizando el acceso a las mujeres a los servicios de salud. 

Por su parte, las diputadas María del Carmen Saavedra Fernández, Guadalupe Muciño Muñoz, Mónica Lara Chávez y Rocío García Olmedo, respaldaron el dictamen al resaltar la importancia de impulsar acciones legislativas para favorecer la lactancia materna, la salud y la alimentación de los infantes, así como concientizar sobre la importancia de la leche materna en el bienestar social al reducir las enfermedad y costos a la salud.

SIS debe reforzar promoción de tolerancia y respeto

También, se aprobó reformar las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, X, XVII, XXV y XXVIII del artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado para facultar a la Secretaría de Igualdad Sustantiva para reforzar la promoción, inclusión y respeto a los derechos humanos y la tolerancia; evitando la exclusión y la discriminación a través de acciones afirmativas para poder disminuir la desigualdad entre mujeres y hombres.  

Asimismo, se aprobó reformar las fracciones XI, XII y adicionar la fracción XIII al artículo 8 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para garantizar los derechos de las personas que necesitan cuidados y las que son cuidadoras, la cual propone incorporar el derecho al cuidado, especialmente de niñas y niños personas adultas mayores y personas con alguna discapacidad se le han de otorgar los elementos necesarios materiales y simbólicos para que tengan un desarrollo pleno en su vida cotidiana, por lo que se propone incorporar a esta Ley, el derecho al cuidado.

Otra reforma aprobada fue al artículo 58 y adicionar el artículo 59 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer que las personas servidoras públicas del estado de Puebla serán responsables por todo acto u omisión que viole, infrinja, incumpla o contraríe las disposiciones de esta Ley.  

GDLRP

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