Lanzan convocatoria para ingresar al servicio de Protección Federal
Protección Federal optará por diálogo frente a uso de la fuerza. Foto: Servicio de Protección Federal
Lanzan convocatoria para ingresar al servicio de Protección Federal
Protección Federal optará por diálogo frente a uso de la fuerza. Foto: Servicio de Protección Federal

Los integrantes del Servicio de Protección Federal (SPF) se conducirán privilegiando la disuasión verbal, control de espacio, inmovilización o el uso de métodos menos letales, antes que el uso de la fuerza, recurriendo a esta solo cuando sea necesario.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 19 de octubre de 2021, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) emitió los protocolos de actuación para el uso de la fuerza del Servicio de Protección Federal, que tiene a su cargo el servicio de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones federales de los tres poderes de la unión e instituciones públicas que lo soliciten.

De acuerdo con el documento publicado, que tomarán en cuenta en primera instancia la racionalidad, absoluta necesidad, y guardar la debida proporcionalidad en el uso de la fuerza.

Se puntualizó que se deberá evitar la violación de derechos humanos y garantizar la salvaguarda o el restablecimiento del orden y la paz públicos, así como mantener la vigencia del estado de derecho.

Aunque también indicó que ante amenazas de superioridad numérica o con potencia de fuego que atenten contra su vida, podrán realizar un repliegue táctico para realizar todas aquellas medidas que estén al alcance para una posible resolución, ya sea por solicitud de apoyo, salvar la vida de terceros.

Asimismo, los elementos del Servicio de Protección Federal (SPF) deberán evitar la toma, destrozo, daño o incendio de la propiedad pública o privada y de instalaciones o infraestructura destinados a los servicios públicos.

Cabe mencionar que el SPF es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana que tiene a su cargo la prestación de servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los órganos de carácter federal de los Poderes Legislativo y Judicial, organismos constitucionalmente autónomos y demás instituciones públicas que así lo soliciten.

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