Aun con los “ajustes” y “ahorros” que aprobó, el Instituto Nacional Electoral (INE) asegura que le faltan 2 mil 327 millones de pesos para realizar una eventual consulta de revocación de mandato, por lo que impugnará en la SCJN el recorte a su presupuesto.
Este miércoles, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó modificaciones a la Cartera Institucional de Proyectos del Instituto para el ejercicio fiscal de 2022.
Según el acuerdo aprobado por unanimidad, dicha cartera tendrá 2 mil 849.25 millones de pesos menos que lo solicitado y para la realización de una eventual Revocación de Mandato se incluye un presupuesto de mil 275.9 millones.
Al respecto, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, sostuvo que “el INE no tiene condiciones financieras para poder cumplir con lo que dice la ley para la realización de un ejercicio de participación ciudadana, como es la Revocación de Mandato”.
Incluso adelantó que, en la sesión extraordinaria a realizarse el viernes, planteará ante el Consejo General modificaciones para tener recursos adicionales por 227.1 millones de pesos, a fin generar mil 503 millones de pesos para que puedan ser utilizados en la eventual consulta de revocación.
Sin embargo, insistió que “habrá un faltante de 2 mil 327 millones de pesos; es decir, a pesar de los esfuerzos que hará esta autoridad, vamos a tener, apenas, capacidad para fondear uno de cada tres pesos de lo que va a costar ese ejercicio”.
Recordó que la Cámara de Diputados no aprobó el presupuesto solicitado por el INE de 4 mil 913 millones de pesos, por lo que para una posible Revocación de Mandato “sólo quedaron 830.5 millones de pesos”.
Y es que reiteró que la consulta “tiene un costo, si se cumple lo que lo que dice la ley, del orden de 3 mil 830.45 millones de pesos.
Por lo anterior, el INE presentó una Controversia Constitucional para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva si la Cámara de Diputados se excedió o no en sus facultades para recortar el presupuesto del INE.
LPR