INE fija 7 de marzo para revocación de mandato; convoca a promoventes
INE ordena retirar propaganda de revocación de mandato en 15 estados. Foto: Contralínea, Coparmex
INE fija 7 de marzo para revocación de mandato; convoca a promoventes
INE fija 7 de marzo para revocación de mandato; convoca a promoventes. Foto: Contralínea, Coparmex

Del 1 al 15 de octubre, deben registrarse ante el INE las personas u organizaciones que deseen ser promoventes de la consulta de revocación del mandato, que será el 7 de marzo de 2022 si juntan firmas equivalentes al 3 por ciento de la lista nominal.

Así lo aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE) este viernes, y estableció que los promoventes registrados tendrán mes y medio, del 1 de noviembre al 15 de diciembre, para recolectar las firmas necesarias a través de aplicación móvil oficial.

El registro o aviso de intención para solicitar la Revocación de Mandato del Presidente de la República, electo para el periodo constitucional 2018-2024, debe dirigirse al Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

Este documento tiene que entregarse a más tardar el 15 de octubre en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en la Calle de Moneda, número 64, Colonia Tlalpan Centro o, en su caso, en las juntas locales o distritales del Instituto.

¿Qué documentos se deben entregar?

Junto con el aviso de intención en original, con firma autógrafa de la persona promovente o representante legal, se deberá proporcionar la siguiente documentación:

  • Una cuenta de correo electrónico, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse a través de Google, Facebook o Twitter, fundamental para el acceso a la Aplicación Móvil (APP) para recabar las firmas de apoyo de la ciudadanía
  • Copia simple del anverso y reverso de la credencial para votar
  • Carta firmada de la persona promovente o su representante legal en la que acepta notificaciones vía correo electrónico, sobre todo lo relacionado con el procedimiento de petición.

En caso de asociaciones civiles:

  • Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil, que respalda a la persona promovente (Es necesario que la Asociación tenga un objeto social relacionado con la promoción de la participación ciudadana en asuntos de interés público, de la vida democrática y la cultura político-electoral).

En caso de organizaciones ciudadanas:

  • Original o copia certificada del acta o minuta de la asamblea que acredite la personalidad de quien o quienes suscriben el aviso de intención de constituirse como promoventes de la Revocación de Mandato.

La recolección de firmas de apoyo de la ciudadanía se realizará mediante el uso de la Aplicación Móvil (APP) desarrollada por el INE y de la cual proporcionará la capacitación necesaria, además de que dispondrá de un micrositio diseñado para ello.

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *