Piden 3 años de cárcel a quien practique terapias de conversión en Puebla
Piden 3 años de cárcel a quien practique terapias de conversión en Puebla. Foto: @carlos_evan/Twitter
Piden 3 años de cárcel a quien practique terapias de conversión en Puebla
Piden 3 años de cárcel a quien practique terapias de conversión en Puebla. Foto: @carlos_evan/Twitter

El diputado de Morena, Carlos Evangelista Aniceto, pidió reformar el Código Penal para castigar hasta con 3 años de cárcel y una multa de hasta 29 mil 400 pesos a quien obligue o practique terapias de conversión a otra persona con el fin de “rectificar” su orientación sexual.

Lo anterior, durante la sesión ordinaria del Congreso local, en donde el legislador morenista manifestó que, aunque a nivel nacional e internacional el tema de la diversidad sexual ha avanzado para que no sea reconocida como una enfermedad se siguen cometiendo estos actos.

Comentó que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) se ha pronunciado en contra de estas prácticas, pues violan los derechos humanos de las personas de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Travesti, Transexual, Intersexual y Queer (Lgbtttiq), toda vez que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad.

Por ello, dijo que los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), como se le conoce a las referidas terapias, son sesiones psicológicas, psiquiátricas, consejería religiosa, entre otros métodos, con la intención de cambiar la orientación sexual de una persona y la expresión e identidad de género, utilizando métodos que conllevan violencia verbal, humillaciones y amenazas hasta “violaciones correctivas”.

“Se propone reformar al Código Penal y lograr imponer sanciones a quien promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir o modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona”, citó.

Pena mínima de un año de cárcel

Con esto, como pena mínima se establece un año de cárcel, mientras que, como máxima 3 años, así como una multa a la personas moral o física que las comete con un monto que va de los 50 días de salario, que son 7 mil 350 hasta los 200, es decir 29 mil 400.

Evangelista Aniceto manifestó que el 17 de mayo de 1990, la Asamblea General de la OMS eliminó la homosexualidad de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y otros Problemas de Salud, mientras que en junio de 2018 sacó la transexualidad de la clasificación de las enfermedades mentales, por lo que dejó de considerarse como un trastorno psicológico.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y en caso aprobación.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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