66% de sujetos obligados no aprueban en transparencia; PAN y Morena entre estos
DOF 20/6/22: Programa Nacional de Transparencia avalado para 2022-2026. Foto: Freepik
66% de sujetos obligados no aprueban en transparencia; PAN y Morena entre estos
¿Anomalías en tu contrato colectivo? Puedes reportarlas ante STPS. Foto: Freepik

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó la Reforma al Protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo, donde se incorpora un  Procedimiento de Inconformidad para reportar irregularidades antes, durante o después de la consulta.

El documento, publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que los trabajadores podrán inconformarse por irregularidades durante el procedimiento que vulneren los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad y certeza en la votación o que afecte el derecho de emitir su voto de manera personal, libre, directa, secreta, pacífica, ágil y segura.

De acuerdo a la publicación, algunas de las acciones consideradas como irregularidades en la legitimación de contratos colectivos son estas:

  • La convocatoria no fue publicada con anticipación a la fecha de la consulta
  • Los trabajadores no recibieron un ejemplar impreso del contrato colectivo
  • Los representantes sindicales y/o empleadores difundieron información falsa con el objeto de influir en la votación
  • Se excluyeron a trabajadores del listado de votantes cuando tenían derecho a votar en la consulta
  • Personas ajenas al sindicato estuvieron presentes en el lugar de la votación
  • No se observó la presencia de la autoridad laboral o de un notario público en la consulta
  • Boletas en blanco o boletas alteradas o sobrantes fueron consideradas como votos válidos
  • No se resguardó la documentación del procedimiento de consulta

Asimismo, el documento detalla que las inconformidades podrán ser presentadas individual o colectivamente, acompañadas de la mayor cantidad de pruebas.

La STPS solicitará al sindicato y al patrón las manifestaciones y pruebas que consideren pertinentes.

La inconformidad será un elemento de valoración para determinar si se emite la constancia de legitimación o se declara nulo el procedimiento.

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