Va a prisión, por el feminicidio de su pareja en Hueytamalco
Dan 8 años de cárcel a dos por matar a otro en Pahuatlán. Foto: Especial
Proponen penas de hasta 80 años de cárcel para feminicidas en Puebla
Proponen penas de hasta 80 años de cárcel para feminicidas en Puebla. Foto: Especial

En Puebla, el feminicidio se castigaría hasta con 80 años de prisión si la víctima fuera menor de edad, adulta mayor, indígena, estuviera embarazada o padeciera alguna incapacidad, entre otras causantes; mientras que la multa se elevaría a 86 mil 880 pesos.

Así lo propuso la diputada Rocío García Olmedo al presentar una iniciativa para reformar disposiciones del Código Penal de Puebla, específicamente el artículo 338 Quárter, que señala que las penas se incrementarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo cuando ocurra alguna de las circunstancias anteriores. Actualmente la pena mínima es de 40 años, mientras que la máxima, de 60.

Así como funcionarios públicos que entorpezcan los casos, se harían acreedores a una pena de hasta 12 años de cárcel.

La máxima pena también se aplicaría si el victimario es un servidor público y se haya valido de esta condición para cometer el delito, si fue cometido por dos o más personas, si el feminicidio fue en presencia de personas con quienes la víctima tuviera vínculo de parentesco por consanguinidad, afinidad, civil o una relación afectiva o sentimental de hecho, a sabiendas de esta relación.

Asimismo, si la víctima se encontraba bajo el cuidado o responsabilidad del sujeto activo, utilizando los medios o circunstancias que su cargo o situación personal le proporcionen; y si el delito fue cometido previa suministración de estupefacientes o psicotrópicos para causar la inconsciencia de la víctima.

Funcionarios que entorpezcan caso, hasta 12 años de cárcel

Por otra parte, si un servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, o algún prestador de servicios de seguridad privada entorpece la investigación se haría acreedor hasta a 12 años de prisión.

Mientras que, si se trata de otro funcionario, se impondrían penas de tres a ocho años, así como 500 a mil 500 días de valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el momento de la comisión del delito, además de la destitución e inhabilitación de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

La diputada también solicitó, en el artículo 338 Octies, que se prohíba la cremación del cadáver en tanto se dicte una sentencia firme.

Respecto a la consideración de feminicidio en el estado, pidió que se incluya como razón de género cuando haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación sentimental, afectiva, de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo, o cualquier otra relación de hecho, por la cual vivieran juntos o tuviesen relaciones sexuales estables o de forma casual, de amistad o de confianza.

De igual manera cuando el sujeto activo actúe por motivos de lesbofobia, bifobia y/o transfobia.

Cabe mencionar que, hasta septiembre, el Odesyr reportó 76 presuntos feminicidios en Puebla, 15.4 por ciento más que el año pasado.

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