Banner Programa
Puebla, quinto lugar en embarazadas graves con Covid-19, con 20 casos: DGE
Van 15 muertes maternas por Covid en Puebla; es cuarto lugar nacional. Foto: Freepik
Puebla, quinto lugar en embarazadas graves con Covid-19, con 20 casos: DGE
Abandono a embarazadas se sancionará con hasta 12 años de cárcel. Foto: Freepik

En Puebla, quien embarace a una mujer y la abandone podría ser acreedor hasta a seis años de prisión, pero si hubiera lesiones en contra de la madre o el menor en gestación, la sanción se duplicaría, es decir, 12 años.

Lo anterior, de acuerdo con las reformas al Código Penal, aprobadas por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso para imponer sanciones a quien abandone a niños, adolescentes, adultos mayores, con discapacidad y embarazadas.

De acuerdo con la modificación al artículo 346, a quien abandone a personas que pertenezcan a estos sectores “se le impondrá de tres meses a cinco años de prisión y se le privará de la patria potestad o de la tutela”.

La impulsora de la iniciativa, Mónica Lara Chávez, señaló que cada vez es más común que las familias abandonen a los adultos mayores, por lo que estas reformas son oportunas.

Asimismo, señaló que el bebé es responsabilidad de la pareja, sin embargo, muchos hombres no se hacen cargo, por lo que se podrán imponer penas.

Hasta 15 años de prisión por esterilidad provocada

Dicha comisión también aprobó reformas para sancionar a quien cometa el delito de esterilidad provocada con hasta 15 años de prisión y 70 días de multa, además de la suspensión del empleo o profesión por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta o la inhabilitación definitiva, así como tipificar la violencia obstétrica.

La iniciativa fue presentada por el diputado Raymundo Atanacio Luna, quien explicó que en Puebla no existe la tipificación del delito en el Código Penal, lo que complica perseguirlo y sancionarlo, así como que las víctimas accedan a la justicia.

La diputada Olga Lucía Romero Garci-Crespo señaló que toda atención medica que se efectúe dentro del sistema de salud debe cumplir con requisitos como la ética y calidad, por lo que es necesario dar certeza jurídica ante actos negligentes.

Los diputados también avalaron reformas al tercer párrafo del artículo 85 Bis, y el 86 del Código Penal del Estado, para establecer que a las personas que cometan homicidio en estado de embriaguez o bajo el efecto de enervantes se les suspenderá definitivamente la licencia para conducir.

incendios forestales

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *