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Barbosa decreta regreso a actividades en Junta de Conciliación y Arbitraje
Barbosa decreta regreso a actividades en Junta de Conciliación y Arbitraje. Foto: Especial

Tras cinco meses de clausura debido a la pandemia de Covid-19, el gobernador Miguel Barbosa Huerta, promulgó un acuerdo para el regreso a actividades en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, con medidas de protección.

Así lo indica el documento publicado este viernes en el Periódico Oficial del Estado (POE), donde el Ejecutivo estatal motiva la medida con el objetivo de “reactivar de manera progresiva, normal y segura la administración e impartición de justicia inherente a las controversias laborales que competen a los órganos de justicia laboral local”.

De esta manera, en el primer numeral del acuerdo “se decreta como actividad esencial las labores de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, las Juntas Especiales que la integran, así como del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla; y su reincorporación a las actividades laborales presenciales propias de su competencia; reanudándose los términos procesales”.

En segundo lugar, indica que tanto la junta local como el tribunal “dictarán las medidas administrativas y procedimentales que consideren aplicables, dentro del ámbito de su competencia, que les permitan funcionar acorde a la prevención de la propagación del Virus SARS-CoV2”.

Al respecto, en el tercero transitorio añade que estas medidas se deberán emitir dentro de los siguientes tres días hábiles a la entrada en vigor del acuerdo, lo cual ocurre a partir del sábado 3 de octubre.

¿Quiénes no regresan a las oficinas?

En el numeral tres, agrega que, para la reincorporación a las actividades laborales, no deberá de considerarse a los trabajadores que estén en los siguientes grupos:

Enfermedades crónicas no trasmisibles como: diabetes, hipertensión, enfermedades pulmonares, hepáticas, metabólicas, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, enfermedades cardiacas, entre otras, asociadas a un incremento en el riesgo de complicaciones;

Que cuenten con alguna discapacidad, en términos de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla;

Mayores de 60 años de edad;

Mujeres embarazadas o en lactancia.

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