Morena, sin prórroga; INE deberá hacer encuesta para renovar CEN: Tepjf
Tepjf ratifica suspensión de video en el que Morena critica alianza “Tumor”. Foto: politicomx
 Morena, sin prórroga; INE deberá hacer encuesta para renovar CEN: Tepjf
Morena, sin prórroga; INE deberá hacer encuesta para renovar CEN: Tepjf. Foto: Twitter/ politicomx

Tras 10 meses de retrasos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) rechazó la prórroga de casi un año pedida por Alfonso Ramírez Cuellar, presidente interino de Morena, y ordenó que el INE se encargue de realizar una encuesta abierta para renovar el CEN.

Por encuesta abierta –indicó la sentencia– se entiende la que se aplique “entre la ciudadanía respecto de personas que se autoadscriban como militantes y simpatizantes de Morena, para la elección de la Presidencia y Secretaría General”.
Así lo resolvieron, por mayoría de votos, los magistrados del pleno de la Sala Superior del Tepjf, en sesión privada no presencial realizada este jueves, donde reiteraron que la encuesta deriva de que el partido “ha generado una circunstancia de falta de certeza y confiabilidad con un padrón diverso al previamente validado por el INE, además que en ella podrá participar como candidato cualquier militante que cumpla los requisitos estatutarios, salvo el de ser consejero nacional”.

Lo anterior, de acuerdo con la sentencia del 30 de octubre de 2019, por la cual el Tepjf suspendió la elección interna de Morena por su padrón recortado y ordenó la reponer el proceso mediante encuesta abierta para elegir el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), y por método libre para las demás dirigencias.

Ramírez pedía 3 meses después de elecciones de 2021

De esta manera, la mayoría de magistrados determinaron improcedente la solicitud de Ramírez Cuéllar para que la renovación del CEN se realizara hasta 90 días después de concluidos los procesos electorales del próximo año.

Lo anterior, “debido a que implica una modificación de casi un año en el cumplimiento de la sentencia principal e incidental.

En cambio, sostuvieron que la encuesta abierta a la ciudadanía “bajo el método y condiciones que libremente determine el INE” puede llevarse a cabo con medidas sanitarias y no resulta necesaria la celebración de asambleas, para lo cual tendría 30 días.

“Con este criterio se privilegia el orden público e interés social que reviste el cumplimiento de las sentencias, así como el derecho de la militancia a la renovación periódica de sus órganos”, argumentaron.

Asimismo, al responder el alegato de que Morena no puede llevar a cabo la elección por la emergencia sanitaria, le recordaron que “el INE acordó realizar los comicios locales en Hidalgo y Coahuila el próximo 18 de octubre, tomando en cuenta las medidas sanitarias correspondientes”.

En este sentido, la resolución indicó que el partido no ha dado cumplimiento a las resoluciones emitidas por la Sala Superior, pues “las medidas que se han dictado no han sido eficaces para su cumplimiento”.

Por lo tanto, dejó sin efecto todos los actos y disposiciones emitidos por el partido, relacionados con la elección de la Presidencia y Secretaría General del CEN, que sean contrarios a lo establecido en la sentencia principal e incidentales, integradas en el expediente SUP-JDC-1573/2019.

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