Ya es obligatorio usar cubrebocas en espacios públicos; gobierno repartirá
Ya es obligatorio usar cubrebocas en espacios públicos; gobierno repartirá. Foto: EsImagen
Ya es obligatorio usar cubrebocas en espacios públicos; gobierno repartirá
Ya es obligatorio usar cubrebocas en espacios públicos; gobierno repartirá. Foto: EsImagen

Este martes fue publicado el decreto del gobierno del estado en el que se establece, como medida de prevención para evitar la propagación del Covid-19, el uso del cubrebocas, mascarilla o cubierta facial, que cubran nariz y boca, para quienes estén en espacios públicos.

De acuerdo con el oficio en el Periódico Oficial del Estado (POE), por orden del gobernador Miguel Barbosa Huerta, se instruye lo anterior en función a la protección de la población por un riesgo que afecta directamente la salud pública.

Asentó que es necesario realizar todas las acciones conducentes a la protección por la propagación del virus Sars-Cov2, que causa Covid-19, de modo que, también los servidores públicos de la administración estatal deberán portar el cubrebocas.

Lo anterior, sujeto a que no se obstaculice la respiración; antes de colocarlo, lavar manos jabón o agua o, bien, usar desinfectante a base de agua y jabón; cubrirse la boca y nariz, asegurándose de que no haya espacios entre la cara y la mascarilla.

También, evitar tocarlo mientras se usa; de lo contrario, lavarse con agua y jabón o usar desinfectante.

Cómo retirarlo

Cambiar el cubrebocas tan pronto como esté húmedo y no reutilizar los que son de un sólo uso; los que son de tela podrán ponerse más de una vez, siempre y cuando se laven cada vez que se humedezca y no pierda sus características originales con el lavado.

Para su retiro, se debe hacer por detrás (no tocar la parte delantera), desecharlo inmediatamente, en un recipiente cerrado y, lavarse las manos como ya se ha indicado.

Además, la Secretaría de Salud y el Organismo Público Descentralizado (OPD), denominado Servicios de Salud, proporcionarán gratuitamente cubrebocas, mascarillas o cubiertas faciales en donde lo determinen.

Si bien el decreto en sí mismo se establece como una obligación, no implica sanción ni falta administrativa, pues se trata de una medida preventiva que beneficia a todos.