IMSS y SCJN desmienten “rasurar” pensiones de generación entre 73 y 97
¿Tienes pensión del Bienestar? Pagos comienzan el 3 de noviembre. Foto: EsImagen
IMSS y SCJN desmienten “rasurar” pensiones de generación entre 73 y 97
IMSS y SCJN desmienten “rasurar” pensiones de generación entre 73 y 97. Foto: EsImagen

Tras difundirse que, por criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el IMSS iba a “rasurar” las pensiones de la generación que empezó a cotizar entre las leyes de 1973 y 1997, ambas instituciones afirmaron no se modifica el cálculo de este derecho.

Este martes, a través de un comunicado, la SCJN explicó que no impuso un tope de 10 salarios mínimos para las pensiones de trabajadores afiliados antes de 1997, sino que reiteró una jurisprudencia de 2010, según la cual sólo quienes decidan acogerse a la Ley del Seguro Social de 1973 tendrán dicho límite.

Vale recordar que la llamada “generación de transición”, que comprende a quienes comenzaron a cotizar antes de la aprobación de Ley del Seguro Social de 1997, que instituyó las Afores, tiene el beneficio de elegir bajo qué ordenamiento prefiere recibir su pensión.

En este sentido, la Corte remarcó que estos trabajadores siguen teniendo dos opciones:

· Acogerse a la Ley de 1973, que establece un mínimo de 500 semanas laboradas para tener derecho a pensión vitalicia, pero con un tope de 10 salarios mínimos.

· Acogerse a la Ley de 1997, que exige al menos mil 250 semanas cotizadas, pero incrementa el tope a 25 salarios mínimos, aplicable a lo que haya ahorrado con su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

Por su parte, el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, aseguró, durante la conferencia de prensa presidencial, que las pensiones de los derechohabientes seguirán calculándose con base en el tope de 25 salarios mínimo.