Funcionarios no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales: SCJN
Funcionarios no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales: SCJN. Foto: Cuartoscuro
Funcionarios no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales: SCJN
Funcionarios no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales: SCJN. Foto: Cuartoscuro

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenció que los funcionarios públicos no pueden bloquear en sus redes sociales a ciudadanos, salvo en casos en que los pongan en riego, pues violarían el derecho a la información.

Así lo determinaron este miércoles los magistrados de dicha sala al resolver el amparo 1005/2018 a favor del periodista Miguel Ángel León Carmona, quien demandaba que el fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, le retirara el bloqueo a su cuenta de Twitter impuesto desde octubre de 2017.

De acuerdo con el fallo, cuando un funcionario público usa sus redes sociales para difundir datos sobre su gestión, el derecho a la información prevalece sobre el derecho a la privacidad del servidor público.

En el caso del fiscal veracruzano, señalaron que él configuró su cuenta con acceso abierto a todo público y determinó cerrarla a la vista del demandante, sin alegar como justificación un comportamiento abusivo ni transgresión a su derecho a la privacidad.

Por lo anterior, los magistrados ordenaron al fiscal desbloquear su cuenta para que el periodista tenga acceso a ella, pues esta acción “no resulta desproporcionada ni afecta indebidamente sus derechos”.

Advirtieron que, en el caso de que no se acate el fallo, se podrá tomar medidas necesarias para el cumplimiento, entre ellas requerir directamente a Twitter que quite de manera permanente el bloqueo.

Cabe mencionar que el criterio emitido en esta sentencia es el primero en su tipo, por lo que no es considerado aún una jurisprudencia que obligue a todos los jueces del país a resolver en el mismo sentido.

Editado por Luis Alberto Palacios

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