TEEP acredita violencia política contra regidora de Francisco Z. Mena
TEEP acredita violencia política contra regidora de Francisco Z. Mena. Foto: EsImagen
TEEP acredita violencia política contra regidora de Francisco Z. Mena
TEEP ordena a edil de Francisco Z. Mena pedir disculpas públicas a regidora. Foto: EsImagen

El TEEP acreditó que Flor Teresa Ávila Núñez, regidora de Francisco Z. Mena, fue víctima de violencia de género por parte del edil Pascual Morales Martínez, a quien ordenó pedirle disculpas públicamente.

Al resolver el TEEP-A-125/2019 en sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró fundado el agravio consistente en la destitución del cargo como regidora a Ávila Núñez mediante una licencia que no solicitó, por lo que ordenó al Cabildo permitirle y garantizarle el libre ingreso a las instalaciones y sesiones.

Los magistrados señalaron que le falta de un espacio físico en el ayuntamiento para trabajar adecuadamente, de modo que Morales Martínez tendrá cinco días hábiles, posteriores a la notificación, para proporcionarle un espacio físico y digno.

A ello se suma que no se le pagaron sus remuneraciones a partir de la primera quincena de junio por el desempeño de su cargo, por lo que exigió al ayuntamiento que realice el pago de la cantidad de 105 mil pesos.

Morales tendrá que disculparse

Acreditaron que sufrió agresiones verbales y simbólicas mediante memes y audios; es por ello que como medida de reparación, ordenó dar vista a la Fiscalía General del Estado (FGE), a efecto de que realicé las investigaciones que incluyan el bloqueo e inhabilitación de las páginas donde se le violentó.

Además, el alcalde tendrá que emitir, en los medios de circulación regional, una disculpa pública a la regidora, por la comisión de las conductas denunciadas.

El otro agravio fundado fue el de la violencia política de género, de modo que darán vista a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y al Congreso del estado para que determinen lo que en derecho corresponda.

Finalmente, el TEEP ordenó que el alcalde y demás integrantes de Cabildo acrediten, en máximo 30 días posteriores a la notificación de la sentencia, su asistencia a algún curso, taller o conferencia que tenga por objeto la “sensibilización en género y masculinidad”, impartido por la Secretaría para la Igualdad Sustantiva de Género o alguna otra institución pública o privada.

IEE tiene tres días para acreditar orden

Por otro lado, se resolvió el TEEP-A-157/2019 promovido por la concejal de Puebla, Augusta Díaz de Rivera Hernández, en contra del acuerdo de 27 de septiembre de 2019 y de la resolución de 3 de octubre del mismo año, emitidos por el encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla, en el que determinó sobreseer el procedimiento ordinario sancionador SE/ORD/AVDRH/011/2019.

La concejal argumentó que careció de fundamentación el desecharlo, ya que los actos que denunció, emitidos en su contra por Francisco Eduardo Castillo Montemayor, se circunscriben dentro del ámbito electoral, ya que existe una afectación en su contra en el desarrollo de sus funciones como regidora del ayuntamiento por condiciones de violencia política de género.

Tras el análisis del caso, el TEEP avaló ordenar al Secretario Ejecutivo del IEE realice la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario sancionador con clave SE/ORD/AVDRH/011/2019, al ser la autoridad competente, debiendo de realizar el estudio correspondiente bajo la perspectiva de género.

Una vez realizado lo anterior, en un término de tres días deberá remitir al TEEP las constancias que acrediten fehacientemente el cumplimiento de lo ordenado.