Tepjf ordena fincar responsabilidades a José Juan y 8 alcaldes de Puebla
Tepjf ordena fincar responsabilidades a José Juan y 8 alcaldes de Puebla. Foto: Twitter / @TEPJF_Esp
Tepjf ordena fincar responsabilidades a José Juan y 8 alcaldes de Puebla
Tepjf ordena fincar responsabilidades a José Juan y 8 alcaldes de Puebla. Foto: Twitter / @TEPJF_Esp

La Sala Regional Especializada del Tepjf ordenó fincar responsabilidades al diputado local José Juan Espinosa Torres, por afectar el interés superior de la niñez en dos videos, y a ocho alcaldes de Puebla, por proselitismo a favor de Miguel Barbosa Huerta.

En la sesión de este viernes, los magistrados afirmaron que Espinosa Torres no difuminó la imagen de los niños que aparecen en dos videos que compartió en redes sociales en apoyo a Nancy de la Sierra Arámburo, entonces precandidata a la gubernatura, lo cual quedó asentado en el recurso SRE-PSL-29/2019.

Respecto a los ediles, indicaron que dada a naturaleza de sus cargos, su asistencia o participación activa en eventos de campaña a favor del excandidato de Morena, se aleja de los principios de imparcialidad, además de que pudieron afectar la contienda electoral.

Las sentencias se enviaron a la Contraloría Interna del Congreso de Puebla, al igual que la del diputado local, y de los ayuntamientos mencionados.

En el expediente SRE-PSD-32/2019, indicaron que Julián Peña Hidalgo, presidente del concejo municipal de Tepeojuma, pronunció un discurso en el que pidió el voto a favor de Barbosa Huerta. En tanto, Marisol Cruz García, edil de Tecamachalco, y otros seis servidores públicos del ayuntamiento, asistieron a un evento del morenista en día y hora hábil –13 de abril–, según el SRE-PSD-33/2019.

Diputada federal descuidó funciones

Asimismo, en el recurso SRE-PSD-34/2019, afirmaron que hubo uso indebido de recursos públicos por parte del edil de San Pedro Cholula, Luis Alberto Arriaga Lila, la síndica Cinthya Esperanza Aguayo León, cinco regidores y el director de Protección Civil, Rodolfo Adrián Fierro Vega, por acudir a un evento en un día hábil.

Lo mismo determinaron en el caso SRE-PSD-35/2019 contra la alcaldesa de Acatlán de Osorio, María Del Carmen Nava Martínez, el síndico Aurelio Rojas Espinoza, tres regidores, Cesario Campos Gil, secretario general, y Leobardo Vázquez Martínez, director del Mercado y Comercio, por ir a un evento el miércoles 3 de abril.

En el juicio SRE-PSD-37/2019, determinaron que Carlos Augusto Tentle Vázquez, edil de Chalchicomula de Sesma, seis regidores, la síndico María Ernestina Eulogia García del Carmen, Selene Abigail Serrano Velázquez, secretaria general, sí fueron al evento del martes 2 de abril, así como la diputada federal Julieta Kristal Vences Valencia, cuya sentencia fue enviada a la Cámara Baja.

Comprobaron que los presidentes de Tlachichuca, Miguel Guadalupe Morales Zenteno, y de Mocaxac, Félix Huerta Medel, asistieron a un evento del morenista, en los juicios SRE-PSD-39/2019 y SRE-PSD-38/2019, respectivamente.

Difunden propaganda electoral en veda

Por su parte, Elías Lozada Ortega, edil de Yaonáhuac, difundió propaganda electoral a favor del ahora gobernador en su página de Facebook durante periodo prohibido, de acuerdo con el expediente SRE-PSD-36/2019.

Mientras, Jorge Efrén Arrazola Cermeño, director general del Instituto de Investigaciones Legislativas, Financieras y Socioeconómicas del Congreso local, usó recursos públicos al acudir a un evento de Barbosa Huerta, según el SRE-PSD-40/2019.

Aunado a lo anterior, la Sala estableció en el expediente SRE-PSL-28/2019 que el senador Emilio Álvarez Icaza Longoria publicó en su cuenta de Twitter propaganda a favor del excandidato del PAN, PRD y MC, Enrique Cárdenas Sánchez, durante la veda electoral. Su sentencia fue enviada a la Cámara Alta.

En el caso SRE-PSC-57/2019, se amonestó públicamente al PRI por la difusión del spot “Pue mujer segura” en el que aparece una niña, pues no presentó el consentimiento de los padres o tutores ni difuminó su imagen.

Además, señaló que Alberto Jiménez Merino no emitió propaganda el día de la jornada electoral, pues en realidad fue una nota periodística de un medio de comunicación electrónico. No obstante, se dio vista a la Procuraduría de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de Puebla para determinar lo correspondiente a la imagen que aparece en la publicación, de acuerdo con el recurso SRE-PSL-30/2019.