El INE informó que, después de que el pasado miércoles concluyeran las campañas electorales, este jueves inicia la “Veda Electoral”, con restricciones para candidatos, partidos políticos y medios de comunicación a fin de que la ciudadanía reflexione su voto.
Por medio de un comunicado, el Instituto Nacional Electoral (INE) indicó que, durante tres días y hasta que concluya la jornada electoral del 1 de julio a las 20:00 horas, los actores políticos no podrán hacer llamados al voto ni celebrar reuniones o actos de campaña.
Además de que el gobierno federal, estatal y municipal, así como cualquier otro ente público, no pueden difundir propaganda gubernamental.
De manera que los abanderados de partidos políticos y los independientes deberán tomar las medidas necesarias para que no se difunda propaganda que previamente hayan contratado, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables, incluyendo la prohibición de contratar tiempos en radio y televisión.
También deberán retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de cincuenta metros de los lugares donde se instalarán las casillas electorales y evitar difundir informes anuales de labores.
De no cumplir con lo establecido, el INE y los institutos locales retirarán la propaganda con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido y se les asignará una multa, amonestación, suspensión o la cancelación del registro.
Medios también tienen prohibiciones
Por su parte, los medios de comunicación no podrán publicar encuestas o sondeos de opinión sobre la intención de voto o preferencias electorales, ni tener aspirantes a algún puesto de elección popular presentes en sus programas o “conviertan las mesas de análisis en un llamado al voto”.
Es de señalar que el 1 de julio pueden difundirse encuestas para elecciones locales a partir de las 18:00 horas.
Este delito puede denunciarse ante el INE, el cual avisará a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) para la investigación correspondiente y que se pueda determinar la sanción, que va desde una multa económica hasta seis meses de cárcel.
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— @INEMexico (@INEMexico) June 28, 2018
Editado por Diana Lizeth Pérez Morales