CNDH promete cumplir recomendaciones de ONU contra feminicidios
CNDH promete cumplir recomendaciones de ONU contra feminicidios. Foto: Especial
CNDH promete cumplir recomendaciones de ONU contra feminicidios
Leyes de Puebla no permiten que los feminicidios se tipifiquen como tal: OCNF. Foto: Especial

En Puebla, es necesario anexar más razones para que un homicidio violento sea catalogado como feminicidio, ya que varios casos se investigan únicamente como asesinatos dolosos y no como un crimen de género, además de que la FGE no entrega cifras reales sobre dichos hechos.

Así lo determinó el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), en su informe “Implementación del tipo penal de feminicidio en México: Desafíos para acreditar las razones de género 2014-2017”.

Según el documento, en el caso de la entidad poblana, a pesar de las modificaciones al tipo penal –iniciadas desde 2012— y a la adhesión de circunstancias objetivas para acreditar las razones de género, el diagnóstico evidenció que los asesinatos violentos de mujeres no están siendo acreditados como tal.

También se evidenció que la Fiscalía General del Estado (FGE), no entregó cifras que den certeza, ya que sus datos varían dependiendo de a quién dé la información, muestra de ello fueron las cifras otorgadas al Grupo de trabajo conformado para atender la solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Puebla y al propio OCNF.

Como ejemplo, el documento refirió al 2016, año en que la Fiscalía informó al Grupo de trabajo tener nueve homicidios y 21 feminicidios, mientras que al OCNF le reseñó 83 homicidios dolosos y 27 feminicidios.

Mientras que en 2017, las autoridades informaron al organización civil que se registraron 29 feminicidios en seis meses, mientras que al Secretariado Ejecutivo le informó que fueron 27 en un año.

Leyes “confusas” entorpecen tipificación

Por su parte, el informe del Grupo de trabajo de AVG reconoció que “de acuerdo con las cifras oficiales —contrastadas con las de las organizaciones de la sociedad civil—, con el tipo penal vigente, del año 2013 hasta julio de 2015, muy pocos casos de muertes violentas de mujeres pudieron ser calificados como feminicidios, debido a la confusa redacción de la norma (…)”.

Sin embargo, a pesar de que la problemática prevalece y se incrementa, el Grupo de trabajo únicamente solicitó al gobierno estatal modificar el protocolo de investigación de este delito.

Ante el incremento de los feminicidios, así como por el contexto de desaparición de niñas y mujeres que puedan derivar en un feminicidio, el 16 de noviembre de 2017, la organización Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, integrante del OCNF, solicitó nuevamente la Declaratoria de Alerta para el estado, no obstante para marzo de 2018 no se emitió el Informe del Grupo de trabajo.

Falta dar a conocer datos relevantes

Pese a que Puebla entregó datos sobre los asesinatos de mujeres y feminicidios de 2014, 2015, 2016, mientras que en 2017 sólo otorgó del primer semestre, la organización puntualizó que la autoridad no proporcionó información sobre las características de los feminicidios ocurridos en el periodo referido, datos que englobarían no sólo los datos sociodemográficos de las mujeres sino la forma en cómo fueron privadas de la vida, los agresores, el método utilizado, etcétera.

Finalmente se concluyó que en la actualidad, 19 entidades federativas cuentan con un tipo penal que cumple total o parcialmente con las características adecuadas de autonomía, con los elementos normativos necesarios para poder acreditar el delito (privar de la vida a una mujer por razones de género) y con circunstancias descritas de manera objetiva para demostrar las razones de género.

Las 13 entidades que no cuentan con un tipo penal adecuado son Puebla, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala y Yucatán.

El OCNF exhortó a estos estados a adoptar las medidas necesarias para garantizar que la codificación del feminicidio se base en elementos objetivos que permitan su adecuada calificación en los códigos penales locales”.