SCJN da entrada a acción contra veto a ley para cambiar fiscal sustituto
SCJN da entrada a acción contra veto a ley para cambiar fiscal sustituto. Foto: Twitter / @SCJN / Archivo
SCJN da entrada a acción contra veto a ley para cambiar fiscal sustituto
Por inconstitucional, SCJN echa abajo Ley de Seguridad Interior. Foto: Twitter / @SCJN / Archivo

Por volver a soldados policías, por su aprobación “fast-track” y porque el Congreso federal no está facultado para legislar sobre seguridad pública, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la Ley de Seguridad Interior.

Este jueves, tres magistrados de la Primera Sala confirmaron el fallo que seis de sus compañeros anunciaron desde el martes, al votar también a favor de anular dicho ordenamiento, aprobado por la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2017 y promulgado el 21 del mismo mes.

En esta sesión, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Fernando Franco, Margarita Luna Ramos intervinieron para exponer sus argumentos en contra de la ley, similares a los planteados hace dos días por los ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Norma Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.

El único que se pronunció por declarar la constitucionalidad de la ley fue el ministro ponente, Jorge Pardo Rebolledo, autor del dictamen para resolver las acciones de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas (8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018), lo que finalmente fue desechado.

De acuerdo con la mayoría de los ministros, los principales argumentos en contra de la ley impulsada por el gobierno de Enrique Peña Nieto son los siguientes:

1. La Constitución Política no habilita al Congreso federal para legislar sobre hechos que pueden afectar la seguridad pública, pues ese asunto es competencia exclusiva del gobierno federal y de los gobiernos estatales. En este sentido, Franco afirmó que la ley intenta distinguir, sin claridad, entre seguridad interior y seguridad pública.

2. La ley abría la puerta para normalizar que el Ejército intervenga en tareas de seguridad pública, lo cual sólo es legal y constitucional si se aplica a situaciones excepcionales.

3. El dictamen fue votado el mismo día en que se entregó, lo cual puede vulnerar la deliberación democrática que se requería para analizarlo.

Por lo anterior, tres de los ministros se pronunciaron a favor de la inconstitucionalidad, mientras que sólo Pardo Rebolledo la rechazó y Luna Ramos se retiró de la sala antes de la votación.

No obstante, el ministro presidente, Aguilar Morales, se pronunció a favor de la constitucionalidad, pero terminó votando por anular ley, pues validarla implicaría anular varios artículos y hacerla “peligrosa”.

En este sentido, indicó que aún hace falta un marco jurídico que dé certeza y legalidad a la actuación de las fuerzas armadas.

Cabe mencionar que esta sentencia se emite apenas un día después de que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, presentara su Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024, que contempla crear una corporación militar denominada Guardia Nacional, con 50 mil elementos para resolver carencias de policías en el país.

Editado por Luis Alberto Palacios