Otorga SCJN otro amparo para cultivar y consumir mariguana
SCJN aprueba despenalizar uso lúdico de mariguana; Congreso, sin acuerdos. Foto: Especial
Otorga SCJN otro amparo para cultivar y consumir mariguana
SCJN sienta jurisprudencia a favor de consumo lúdico de mariguana. Foto: Especial

Al conceder los amparos cuarto y quinto para el cultivo y consumo lúdico de mariguana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó una jurisprudencia (criterio) que obliga a jueces y magistrados del país fallen a favor de esta práctica.

Por mayoría de cuatro votos a uno, este miércoles los magistrados de la primera sala del máximo tribunal declararon, por quinta vez, la inconstitucionalidad de los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, que prohíben “sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y adquirir” de forma legal la semilla de la mariguana.

Lo anterior, al emitir las resoluciones de los amparos 548/2018 y 547/2018, promovidos por ciudadanos, a quienes dichos ordenamientos –señalaron los ministros– violan sus “derechos humanos a la dignidad, pluralismo, personalidad, propia imagen, libertad personal y corporal”.

No obstante, la sentencia hace hincapié en que la declaratoria de inconstitucionalidad “no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas”.

Así, se establece un criterio que obliga a los impartidores de justicia a conceder amparos a quienes pretendan ejercer el autoconsumo de la mariguana con fines lúdicos o recreativos, a fin de garantizar su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

El criterio se dará a conocer en el Semanario Judicial de la Federación y, a partir de su publicación, comenzará a regir a nivel nacional para los juzgadores federales.

Hecho esto, la SCJN debe notificar al Congreso de la Unión, el cual tendrán que hacer las reformas correspondientes a la Ley General de Salud, en un plazo de 90 días, para legalizar el consumo recreativo de la cannabis.

Editado por Luis Alberto Palacios