TEEP amonesta a Doger por violencia de género contra Martha Erika
TEEP amonesta a Doger por violencia de género contra Martha Erika. Foto: EsImagen
TEEP amonesta a Doger por violencia de género contra Martha Erika
TEEP amonesta a Doger por violencia de género contra Martha Erika. Foto: EsImagen

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) amonestó públicamente al excandidato del PRI a la gubernatura, Enrique Doger Guerrero, por violencia política contra su rival de Por Puebla al Frente, Martha Erika Alonso Hidalgo, al señalar su matrimonio con el exgobernador Rafael Moreno Valle.

En sesión pública realizada este martes, por unanimidad se impuso la amonestación debido a que el abanderado publicó en su página de Facebook que la panista representaba una reelección de su marido, y acompañó su texto de un spot de su campaña donde se veía a dos mujeres señalar lo mismo.

El proyecto de sentencia con número de expediente TEEP-AE-049/2018 proponía también sancionar al PRI por “ser omiso y no cuidar la conducta de su candidato”, sin embargo, de último momento los magistrados consideraron que el partido “no tenía la culpa”, así que fue exonerado.

Por el pautado de dicho spot y otro más, el tricolor y Doger Guerrero suman 444 mil 300 pesos en multas por parte del Instituto Nacional Electoral (INE), mientras que esta es la primera amonestación que recibe por parte del TEEP.

Mientras que al candidato a la gubernatura se le sancionó, a Carlos Enrique Peredo Grau, que compitió por la alcaldía de Teziutlán representando a Compromiso por Puebla (CPP) se le encontró inocente, a pesar de que también fue denunciado de violencia política contra su rival del albiazul, Corona Salazar Álvarez.

Aunque el ahora presidente municipal electo también hizo alusiones a que la panista representaba una reelección de su pareja sentimental, Antonio Vázquez Hernández (actual alcalde), los magistrados consideraron que no se trató de violencia porque en campaña hay una mayor “margen de tolerancia a las críticas” entre personajes políticos.

Usan criterios distintos

Al cuestionarle por qué no se aplicó el mismo argumento en el caso de la gubernatura, Fernando Chevalier Ruanova, presidente del TEEP, defendió que Doger Guerrero menospreció a Alonso Hidalgo “por ser mujer”, mientras que Peredo Grau dirigió sus señalamientos hacia el edil, no hacia la candidata rival.

Por ello fueron desechados los juicios TEEP-AE-058/2018 y TEEP-AE-037/2018, promovidos por CPP y Salazar Álvarez, respectivamente, tras considerarse infundados los agravios que denunciaron.

Lo mismo ocurrió con el recurso TEEP-AE-065/2018, promovido por la excandidata del PVEM a la alcaldía de Puebla, Paola Migoya Velázquez, contra quien resultara responsable de una campaña de desprestigio en su contra a través de redes sociales.

Esto porque durante la campaña circularon videos de la abanderada en supuesto estado de ebriedad, con lo que se ponía en duda su capacidad para gobernar el municipio.

Al no encontrarse pruebas que comprobaran la responsabilidad de alguien, su reclamo fue declarado improcedente y se procedió al desechamiento.

En entrevista al concluir la sesión, Chevalier Ruanova informó que hasta la fecha se han recibido 212 impugnaciones contra los resultados de las elecciones, de los cuales 37 corresponden a la gubernatura, 141 a ayuntamientos, 26 de diputados locales, 5 de regidurías plurinominales, una de diputados de primera minoría, una de asignación de diputados y regidores en fórmula y una del cómputo final de candidaturas plurinominales.

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