Prohibido que Barbosa se refiera a Martha Erika como esposa de RMV: TEEP
Prohibido que Barbosa se refiera a Martha Erika como esposa de RMV: TEEP. Foto: José Castañares / EsImagen
Prohibido que Barbosa se refiera a Martha Erika como esposa de RMV: TEEP
Prohibido que Barbosa se refiera a Martha Erika como esposa de RMV: TEEP. Foto: José Castañares / EsImagen

El TEEP confirmó la medida cautelar del IEE contra Miguel Barbosa Huerta, candidato de “Juntos Haremos Historia”, consistente en prohibirle decir que su rival de “Por Puebla al Frente”, Martha Erika Alonso Hidalgo, es esposa del exgobernador Rafael Moreno Valle.

En sesión pública realizada la noche del miércoles, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) acordó por unanimidad desechar la apelación del abanderado de Morena, quien reclamaba echar abajo la prohibición argumentando que violentaba su derecho a la libre expresión.

A decir de los tres magistrados, el senador con licencia sí se refirió al matrimonio de su oponente panista de forma despectiva, pues señaló que su candidatura es parte de una reelección disfrazada y que su marido pretende heredarle el poder, lo cual podría ser considerado violencia política de género.

Mientras se desahogan las indagatorias para definir la responsabilidad del abanderado de Morena, el Instituto Electoral del Estado (IEE) aplicó como medida cautelar suspender dos videos de mítines de campaña de Barbosa Huerta donde hizo dichos señalamientos, así como le ordenó abstenerse de continuar refiriéndose al matrimonio de su oponente con el exgobernador.

Por tal motivo, fueron desechadas la impugnaciones TEEP-A-056/2018 y TEEP-A-058/2018, interpuestas por el aspirante y Morena, respectivamente, aunque el primero llegó proveniente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), que declaró improcedente la queja porque se omitió primero presentarla en el TEEP.

Amonestan al PRI

Por otro lado, fue desechada por extemporánea la apelación TEEP-A-046/2018, promovida por la expanista Violeta Lagunes Viveros contra las candidaturas comunes de “Juntos Haremos Historia”, ya que la presentó cuatro días después de vencer el plazo para impugnar.

En tanto, se impusieron dos amonestaciones públicas al PRI por no retirar propaganda de tres bardas durante el proceso de intercampañas, dos ubicadas en Tetela de Ocampo y una en Huejotzingo.

Esto como resultado de las denuncias TEEP-AE-014/2018 y TEEP-AE-15/2018, presentadas por el PAN y por un ciudadano identificado como Carlos Sebastián Pérez Justo.

Finalmente, se ordenó al IEE otorgar en 24 horas el registro como candidato independiente a la alcaldía de San Pedro Cholula a Mario Tello Colex, tras acreditarse en su caso con número de expediente TEEP-A-051/2018 que sí cumplió con los requisitos, excepto el de dispersión, pero que ya había sido invalidado por el Tepjf, pero aún así negaron la candidatura.