En México, matrimonios se reducen 2.8% y divorcios suben 5.6%
En México, matrimonios se reducen 2.8% y divorcios suben 5.6%. Foto: Especial
Poblanos podrían divorciarse al día siguiente de su boda y sin explicar causa. Foto: Especial

El gobernador de Puebla, Antonio Gali Fayad, presentó iniciativas para permitir el divorcio exprés sin que haya trascurrido un año de haberse celebrado el matrimonio; así como para incluir la perspectiva de género en la planeación de desarrollo del estado.

Lo anterior, a través de diversas modificaciones al Código Civil y de la Ley de Planeación para el Desarrollo de Puebla, que se suman a las reformas realizadas durante el sexenio pasado para dar cumplimiento a las 11 recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) luego de que la asociación “Todos para Todos” solicitara que se emitirá la alerta de género en la entidad ante los feminicidios ocurridos.

En el documento, se plantea reformar el artículo 2 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla para “conducir sus actividades con perspectiva de género, integrando en el proceso de planificación, diseño, implementación, seguimiento y evaluación, la promoción de la igualdad entre las mujeres y los hombres”, con ello, se busca lograr un desarrollo económico, social, político y cultural en beneficio de las mayorías.

La iniciativa propone que “se superen los obstáculos que limiten los derechos de las mujeres, para combatir argumentos estereotipados e indiferentes por medio de enfoques específicos y estratégicos para el pleno y efectivo ejercicio del derecho a la igualdad”.

Divorcio exprés sin explicar causa

En el Código Civil de Puebla, se propone reformar el artículo 442 se reformará para desaparecer la restricción de esperar que transcurra un año desde la fecha en que se efectuó el matrimonio para solicitar el divorcio incausado o mejor conocido como “divorcio exprés”.

Además que podrá solicitarse con la sola manifestación de la voluntad de no querer continuar con el matrimonio, es decir, no será necesario señalar la causa por la que se solicita.

Asimismo, el artículo 293 señala que los órganos encargados de la impartición de justicia apliquen la perspectiva de género, como método analítico aun cuando las partes no lo soliciten, a fin de verificar si existe una situación de violencia que, por cuestiones de género, impida su impartición de manera igualitaria.

Esta iniciativa ya había sido presentada por las diputadas Patricia Leal Islas del PAN, Lizeth Sánchez del PT y Maiella Gómez de Nueva Alianza, en julio de 2015.

El “vivir honestamente” es discriminatorio

De igual forma, se modificará el artículo 499, para promover un leguaje incluyente, eliminar los roles y estereotipos, con lo cual se busca establecer una nueva cultura del respeto y de no violencia hacia las mujeres.

Con la reforma de los preceptos 500 y 3107 del Código Civil se eliminará el “vivir honestamente” como requisito, pues implica que la mujer deba comportarse en la forma socialmente aceptable, además que, es una disposición que obedece a concepciones anacrónicas y discriminatorias.

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