PAN municipal no convocó debidamente a Oswaldo Jiménez a sesiones. Foto: Especial
PAN municipal no convocó debidamente a Oswaldo Jiménez a sesiones. Foto: Especial

La Sala Regional Especializada del Tepjf ordenó al Comité Directivo Municipal (CDM) del PAN dar a conocer a Oswaldo Jiménez López, los asuntos que trataron en su sesión del 16 de enero, pues la dirigencia fue “omisa” y no lo convocó debidamente.

Lo anterior, durante la sesión ordinaria de este jueves, donde los magistrados determinaron por unanimidad fundados parcialmente los agravios en contra de Jiménez López, quien acusó en su recurso SDF-JDC- 58/2017 que no fue requerido a las sesiones ordinarias de enero, febrero, marzo y abril de la dirigencia municipal a la que pertenece.

No obstante los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) indicaron que la parte acusada pudo demostrar que sí convocó a Jiménez López a dichas sesiones a través de correo electrónico, medio por el que –en reuniones anteriores– se acordó notificar a sus integrantes.

Sin embargo, mencionaron que a la sesión del 16 de enero, “la convocatoria se emitió a otro correo, pero se propone declarar parcialmente fundado ya que al tratarse de órganos colegiados que toman decisiones por mayoría, la emisión del voto de Jiménez López no cambiaría las decisiones tomadas”, por lo que únicamente ordenó dar copias del listado de asuntos que se trataron al también regidor del ayuntamiento de Puebla.

Investigarían por violencia política de género a edil

Asimismo, se puso a discusión el recurso SDF-JDC- 79/2017 interpuesto por Miguel Ángel Raúl Román Andrade contra la omisión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) de emitir su resolución respecto al recurso de apelación relacionado con su desempeño como regidor del ayuntamiento de Palmar de Bravo.

En ese sentido, los magistrados avalaron por unanimidad declarar fundados los agravios, pues transcurrido el plazo el tribunal local no liquidó su resolución.

Mientras que el recurso SDF-JDC-75/2017 de Celene Aguas Rodríguez lo sobreseyeron, debido a que el 25 de abril, el TEEP declaró fundado el incidente de inejecución de sentencia, por lo que solicitó al presidente municipal de Juan C. Bonilla, Filemón Aguilar Rodríguez, convoque a sesión extraordinaria para realizar el pago correspondiente a Aguas Rodríguez como regidora del ayuntamiento, ejerza sus funciones y sea convocada a las sesiones de cabildo.

Asimismo, darán vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y Fiscalía General del Estado (FGE) para que realicen las investigaciones correspondientes por la posible violencia política de género.

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