CNDH emiten recomendación a CDH de Puebla por dilación en caso. Foto: Especial
CNDH emiten recomendación a CDH de Puebla por dilación en caso. Foto: Especial

La CNDH emitió la recomendación 17/2017 a su homóloga estatal de Puebla, ya que acreditó que hubo dilación respecto a la investigación sobre violaciones a derechos humanos que solicitaron dos personas recluidas en el penal de San Miguel.

De acuerdo con el documento publicado ese miércoles, el 29 de agosto de 2012 a las 10 de la mañana, elementos adscritos a la Dirección de Atención a Delitos de Alto Impacto de la extinta PGJ ingresaron al domicilio de la víctimas en Veracruz, portando armas largas para catearla sin orden judicial, además de que las golpearon, aprehendieron y llevaron en vehículos con placas de la entidad poblana.

Dos personas se quejaron de la situación en la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Veracruz, la cual, el 5 de septiembre de ese año, emitió el oficio 770/2012 a su homóloga de Puebla, a cargo de Adolfo López Badillo, puntualizando que era un caso de su competencia porque los involucrados son de Puebla.

Asimismo, se le informó que las dos víctimas se encontraban en el Hotel Kioto de la Angelópolis, por lo que personal de dicho organismo se presentó al inmueble referido donde los elementos de la entonces Procuraduría General de Justicia (PGJ) manifestaron que estaban cumpliendo una medida de arraigo decretada por el Juez Séptimo de lo Penal.

Los detenidos se encontraban a disposición de la Dirección General de Investigación y Combate al Delito de Secuestro, en la averiguación previa 1, por su probable responsabilidad del delito de homicidio.

Expediente se aperturó en 2015

Por tales hechos, el 10 de octubre de ese año, el organismo local de Puebla acordó la reapertura del expediente solicitando informes a las autoridades responsables del proceso, así como diversas testimoniales, determinando, el 18 de diciembre de 2014, concluir el caso argumentando que no había elementos suficientes para acreditar violaciones a los derechos humanos, lo cual se notificó el 8 de julio de 2015 a las víctimas.

Debido a ello, el 30 de ese mes y año, solicitaron la reapertura del expediente, al considerar que la determinación emitida no cumplía con lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que no se analizaron los elementos de prueba aportados y anexó nuevas evidencias.

El 3 tres de agosto de 2015, la Segunda Visitadora General de la CDH poblana acordó la reapertura del caso, sin embargo, a 20 meses de que se informó tal hecho, no hay avance.

Por lo anterior, en noviembre pasado las víctimas, quienes están en el penal de San Miguel, presentaron una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por la dilación de la investigación.

De este modo, el organismo nacional, a cargo de Luis Raúl González Pérez, acreditó que la CDH de Puebla contravino los principios de inmediatez, concentración y rapidez, pues no existían actuaciones sustantivas que atendieran de fondo el asunto, respecto a la violación de hechos humanos de los quejosos.

CDH tiene 15 para responder

La CNDH emitió cuatro puntos recomendatorios: consistentes en que a la brevedad se practiquen las investigaciones y diligencias pertinentes para la debida integración del expediente de queja y se emita en el tiempo estrictamente necesario la determinación que conforme a derecho corresponda en el sumario en cuestión.

También que se imparta un curso de capacitación para el trámite de las quejas, con especial énfasis en el contenido, manejo y observancia de su ley y reglamento, con el fin de evitar actos como los que dieron origen a la recomendación; así como se colabore con la CNDH en la presentación de la queja ante la autoridad competente contra quienes resulten responsables, en virtud de las consideraciones vertidas en el documento referido.

La CDH tendrá un plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la recomendación para dar una respuesta sobre su aceptación, pues de lo contrario se entenderá que no fue acatada.

Asimismo, tendrá 15 días hábiles a la fecha en que haya concluido el plazo para informar sobre su aceptación para aportar las pruebas correspondientes al cumplimiento de la misma, las cuales deberán ser enviadas a la CNDH para su análisis.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...