Morena denuncia a PRI por rebasar gasto de campaña en Edomex. Foto: Especial
PRI impugnará dictamen de INE sobre gastos de campaña en Coahuila. Foto: Especial

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnará ante el Tepjf el dictamen del INE sobre sus gastos de campaña en Coahuila, que indica un rebase del 8 por ciento sobre el tope establecido, lo que causaría la anulación los comicios del 4 de junio.

Así lo afirmó este martes el presidente nacional del tricolor, Enrique Ochoa Reza, quien sostuvo que la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) actuó de forma “ilegal” en la auditoría de sus reportes de egresos, ya que habría aplicado normas que no están vigentes ni se dieron a conocer a los contendientes.

“La determinación del INE es a todas luces ilegal porque se sustentó en una norma que no está vigente: los artículos 146 y 143 nunca fueron publicadas en el Diario oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor, ni fueron notificadas a los partidos políticos”, aseveró.

INE no dio certidumbre en fiscalización, acusa

En conferencia de prensa, aseguró que, en el recurso que el Revolucionario Institucional presentará ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), denunciará que el instituto no garantizó “el derecho de audiencia” ni el “principio de certidumbre”.

Lo anterior, puesto que su comisión fiscal modificó varias veces el dictamen sobre los gastos de campaña, adjudicando al partido, “con datos sacados de la manga”, 600 mil pesos de gastos que “sí reportaron”.

“Confiamos en que la autoridad jurisdiccional electoral pondrá orden en donde le INE dejó un desorden y se corregirá todo lo que ha hecho mal en fiscalización en el estado de Coahuila”, puntualizó.

Cabe recordar que, el pasado 17 de julio, el Consejo General del INE confirmó que la coalición “Por un Coahuila Seguro”, encabezada por el tricolor, gastó un millón 600 mil pesos más de los 19.2 millones permitidos, lo cual anularía el triunfo su abanderado, Miguel Riquelme Solís, según lo establecido en el artículo 40 constitucional.

Editado por Luis Alberto Palacios

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