Juez permite a Simitrio ir a CDMX por premio
Juez permite a Simitrio ir a CDMX por premio. Foto: EsImagen
Juez permite a Simitrio ir a CDMX por premio
Sale de prisión domiciliaria “Simitrio”, líder de la UPVA “28 de octubre”. Foto: EsImagen

A casi tres años de haber sido detenido y a ocho meses de estar en en prisión domiciliaria, Rubén Sarabia Sánchez, “Simitrio”, líder de la Unión Popular de Vendedores Ambulantes (UPVA) “28 de octubre” quedó en libertad este miércoles.

 

Así lo informó, mediante un breve comunicado de prensa, la organización popular, que convocó a un mitin mañana, jueves, en Ciudad Judicial, con motivo de la sesión que mantendrá la primera sala en materia penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Puebla para resolver el recurso de apelación de nuestro compañero Xihuel Sarabia Reyna, hijo de “Simitrio”.

Lo anterior ocurre luego de que, el pasado 19 de octubre, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal ratificó un amparo a favor de Sarabia Sánchez, que le daría su libertad al ordenar que un juez local dictase una nueva resolución de su caso.

“Simitrio” fue detenido por primera vez en 1989, durante el gobierno de Mariano Piña Olaya y, posteriormente, en 2014, en la administración de Rafael Moreno Valle, a quien acusó de “fabricarle” cargos por narcotráfico como represalia política.

Ha ganado tres amparos

Tras esta segunda detención, en septiembre de 2015, la UPVA denunció que la salud de su líder se encontraba en estado grave, por lo que fue trasladado a prisión domiciliaria en marzo de 2017.

Cabe señalar que, por este caso, Sarabia Sánchez ha ganado tres amparos. El último, el pasado 19 de octubre, como se mencionó.

El primer amparo fue otorgado al líder de la 28 de Octubre en junio del año pasado, cuando el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal echó abajo la sentencia de la resolución de la Juez Quinto Penal de Ejecución, la cual determinó que permanecería en prisión hasta el año 2050, por lo que la justicia federal había ordenado su liberación “inmediata”.

El segundo fue en junio de este año, cuando el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal rechazó la decisión del juez local, al señalar que no hizo un trabajo jurídicamente correcto al tomar como bases declaraciones de testigos que no tienen relación con las acusaciones hechas en su momento como parte del proceso 9/2017, ordenándole fijar una resolución.

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