Por Joselyn Furlong  @Yoss_Furlong

El TEEP desechó las dos denuncias hechas por el dirigente estatal del PAN, Jesús Giles Carmona, contra la candidata del PRI, Blanca Alcalá Ruiz y la queja hecha por el PRI contra Dinorah López de Gali; ambas por actos anticipados.

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) señaló que no hubo actos anticipados de campaña ni desvío de recursos públicos federales por parte de Alcalá Ruiz, el delegado de Sedatu, Román Lazcano Fernández y el presidente del Comité Directivo del PRI, José Chedraui Budib.

En su acusación, Giles Carmona declaró que Lazcano Fernández buscaba votos para favorecer a la candidata del PRI, Alcalá Ruiz, el pasado 10 de marzo, ante dicha acción presentó un video y una nota difundida en un medio de comunicación

Ricardo Rodríguez Perdomo, magistrado presidente, aseveró que en sus pruebas no manifestaba una coacción a favor de la priista, así como del delegado de la Sedatu, al exhibir a la candidata como una “agente de cambio”, por ello, fue infundada dicha queja.

En la segunda resolución, el representante del PAN ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), Óscar Pérez Córdoba, habla sobre un acto anticipado de la campaña de Alcalá Ruiz, por un evento para conmemorar el Día Internacional de la Mujer, realizado por Chedraui Budib.

Por este hecho, Rodríguez Perdomo exhibió imágenes publicadas en las cuentas de los priistas en sus cuentas de Twitter, por lo que el magistrado a cargo, Jorge Sánchez Morales, señaló que los mensajes escritos en una red social no son considerados un acto anticipado de campaña, ya que estos son parte del derecho a la libertad de expresión.

En el último caso,  los magistrados concluyeron que Dinorah López de Gali, expresidenta del DIF municipal, no cometió un acto de promoción extraterritorial, después de colocar anuncios para apoyar a su esposo y ahora candidato del PAN a la gubernatura, Antonio Gali Fayad.

Rodríguez Perdomo precisó que la prueba presentada por el PRI y basada en materiales periodísticos no comprueba que los anuncios espectaculares con los que se promocionó a Gali Fayad con el segundo informe de labores de su esposa se ubicaron fuera del municipio de Puebla, por lo que se declaró infundada la queja.

Cabe mencionar que esta resolución se da un mes después de que el PRI presentó la denuncia.

 

Foto: EsImagen

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