
La Sala Superior del Tepjf, estableció que una invitación a un evento de carácter cultural y social no infringe la prohibición de difundir propaganda gubernamental, si no promocionan acciones o logros de gobierno, ni a ningún candidato.
Por ello, el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (Tepfj) precisó que la colocación de lonas, pendones o gallardetes, u otro tipo de propaganda, en época electoral, con motivo de la invitación a festejar un día social y culturalmente importante, no infringe la prohibición de difundir propaganda gubernamental, durante una campaña electoral, aun cuando no esté en los supuestos de excepción.
Señaló que las actividades culturales y sociales no violan la normatividad electoral, mientras no contengan como finalidad apoyar o atacar algún candidato o partido político en específico.
Asimismo, cuando no promocione a un servidor público, ni contenga expresiones, logotipos, emblemas, lemas que promocionen a algún partido político, coalición o candidato.
Editado por: Carlos Rodrigo Balcázar Placeres





