La Sala Superior del Tepjf resolvió revocar las medidas cautelares, emitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE contra el gobernador, Rafael Moreno Valle, por su aparición en el programa Chapultepec 18 y un promocional en la revista Esquire.
Ello, en sesión privada, al resolver los recursos de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-192/2016 y SUP-REP-193/2016, promovidos por Moreno Valle y la empresa Televisa contra el acuerdo ACQyD-INE-140/2016 de la citada Comisión, la Sala Superior revocó las medidas cautelares que ordenaron a la televisora suspender la difusión de la entrevista en sus sitios de internet.
Los magistrados consideraron que la entrevista del periodista Joaquín López-Dóriga en el programa Chapultepec 18 y su difusión, no era necesario dictar las medidas cautelares porque del análisis preliminar se desprende que se trata de un “auténtico ejercicio periodístico, en el que se estableció un diálogo y se formularon cuestionamientos al entrevistado”.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) también precisó que la sentencia destaca la importancia de los medios de comunicación y su “derecho a presentar ante la ciudadanía los hechos o acontecimientos que consideran relevantes”, así como de “adoptar posturas informativas o de opinión, susceptibles de poner en entredicho los acontecimientos ocurridos en la agenda política, económica, social o, como ocurre en el presente asunto, resaltar datos o información relacionada con servidores públicos”.
Información “exhaustiva y objetiva”
En este sentido, cuando en los programas televisivos se emiten entrevistas a servidores públicos, “lo lógico es que se haga mención a sus actividades públicas, e inclusive privadas, puesto que la actividad periodística pretende aportar una información exhaustiva y objetiva en torno al personaje que se presenta”.
Por otra parte, al resolver el SUP-REP-195/2016, promovido por el gobernador Moreno Valle contra el acuerdo ACQyD-INE-143/2016, emitido por la citada Comisión de Quejas, el pleno determinó revocar las medidas cautelares dictadas por la presunta comisión de infracciones a la normatividad electoral, mediante la difusión de publicidad de la revista Esquire.
Los magistrados advirtieron que el contenido no constituye un posicionamiento del gobernador y el promocional no destaca la imagen del mandatario, quien solo “aparece de manera fragmentada durante cinco segundos”, mientras que la narrativa del mensaje se enfoca en el desarrollo industrial de Puebla, “sin hacer referencia a logros de gobierno ni a procesos electorales”.
Respecto de las medidas cautelares impuestas por el INE al gobernador Moreno Valle, en las que se le ordenó abstenerse de emitir declaraciones que lo posicionan con fines electorales o destaquen los logros de su gobierno y sus cualidades personales, la Sala Superior determinó que el Instituto no tiene facultades para emitir ese tipo de medidas preventivas que se dirigen a restringir la libertad de expresión hacia el futuro.
Finalmente, en el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, determinaron que no era procedente porque el gobernador ya había agotado su derecho a impugnar y en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano resolvieron que el recurso se quedó sin materia, a partir de la resolución del resto de los medios de impugnación y la revocación de las medidas cautelares.