Por Diana Juárez @Diana_J_M

La CNDH presentó en la SCJN una acción de inconstitucionalidad contra el código civil de Puebla, pues acusó que es “restrictivo” que la ley diga que el matrimonio sólo pueda ser entre hombre y mujer y no en personas del mismo sexo.

El recurso fue presentado el 27 de abril en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN); además de que el Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó uno igual, pero contra el de Chiapas.

Recientemente, los diputados locales aprobaron que la edad mínima para contraer nupcias sea de 18 y no de 16, como antes estaba.

Sin embargo, resaltó el organismo nacional, el artículo 300 del Código Civil de Puebla, establece: “No pueden contraer matrimonio el hombre y la mujer, antes de cumplir dieciocho años de edad”.

Ello, indicó, restringe el ejercicio de derechos humanos, “las cuales en esencia consisten en excluir de la celebración de la figura del matrimonio a parejas del mismo sexo, al mantener intacta la porción normativa que establece ‘el hombre y la mujer’”.

Este martes, el presidente Enrique Peña Nieto informó que enviará dos reformas al Congreso de la Unión para reformar el artículo cuarto de la Constitución, para que se permita el derecho al matrimonio igualitario sin discriminación por género.   

Además, criticó que la mayoría de estados no haya reformado sus leyes.

 

Foto: Especial

incendios forestales