TEEP ordena a PAN revisar queja de Fraile y amonesta a Rivera Santamaría
TEEP ordena a PAN revisar queja de Fraile y amonesta a Rivera Santamaría. Foto: Especial
TEEP ordena a PAN revisar queja de Fraile y amonesta a Rivera Santamaría
TEEP ordena a PAN revisar queja de Fraile y amonesta a Rivera Santamaría. Foto: Especial

El TEEP ordenó a la Comisión de Justicia del PAN analizar la queja de Francisco Fraile García que presentó por la negativa de reincorporarlo a la Secretaría General, desechó una denuncia contra el edil Eduardo Rivera Pérez y amonestó al excandidato Eduardo Rivera Santamaría.

Lo anterior, durante la sesión virtual del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en donde se resolvió el recurso TEEP-JDC-235/2021 promovido por el panista, en contra de la sentencia del 31 de agosto de dicha comisión que validó el acuerdo del Comité Directivo Estatal (CDE) del albiazul.

Los magistrados señalaron que la autoridad partidaria reconoció la presentación de la solicitud de licencia para buscar ser candidato a la alcaldía de San Andrés Cholula, lo que le otorgó la legitimación para pedir su reincorporación, por lo que calificaron como “incongruente”, la determinación de la resolución.

Indicaron que si bien la autoridad responsable está facultada para declarar la improcedencia de los medios de impugnación intrapartidistas cuando no se cumplan los requisitos de procedibilidad, lo cierto es que eso no la autoriza para desechar o desechar los mismos cuando se requiriera realizar juicios de valor acerca de su legalidad.

Tampoco puede hacer una interpretación de las normas, pues son cuestiones inherentes al fondo del asunto, esto porque para que la autoridad admita o declare la improcedencia debe realizar un análisis de procedibilidad, y con base en ello, determinar si, a partir de eso, se advierte el cumplimiento de dichos requisitos.

Ante esto, el tribunal ordenó a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN que reciba y analice de fondo la queja presentada por Fraile García.

Desechan queja contra Eduardo Rivera

Por otra parte, los magistrados desecharon la queja contra el ahora alcalde Eduardo Rivera Pérez por supuestos actos anticipados de campaña, toda vez que los magistrados indicaron que al analizar el expediente no se acredita la existencia de los hechos denunciados.

Esto, al resolver el recurso TEEP-AE-136/2021, Interpuesto por el ciudadano Erik Guerra Hernández, en donde dijeron que no se constató la entrega de los objetos denunciados, así como de las pruebas aportadas, no se desprende que el panista sea el responsable de la conducta denunciada.

En contraste, el TEEP declaró fundada la denuncia de María Mercedes Rivera García en contra del excandidato de Fuerza Por México, a la alcaldía de Puebla, Eduardo Rivera Santamaría, por actos anticipados de campaña y precampaña.

Debido a esto, el tribunal acreditó la falta, pero no fue considerada de gravedad, por lo que únicamente impuso una amonestación pública.

R: DJ

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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