Ratifican medidas cautelares contra Aceves por violencia política
Ratifican medidas cautelares contra Aceves por violencia política. Foto: Especial
Ratifican medidas cautelares contra Aceves por violencia política
Ratifican medidas cautelares contra Aceves por violencia política. Foto: Especial

El Tepjf confirmó las medidas cautelares que el IEE le impuso a Liza Aceves López, exsecretaria de la Comuna, por violencia política de género, tras decir en campaña que la cuñada del ahora edil Eduardo Rivera Pérez tenía una relación con el gobernador Miguel Barbosa Huerta.

Esto, durante la sesión virtual de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), en donde se resolvió el recurso SCM-JDC-2324/2021 presentado por la exfuncionaria municipal con el que buscaba echar abajo la sentencia del TEEP en donde se validó dicha sanción.

Y es que el pasado 13 de mayo, Aceves López quien fungió como coordinadora de campaña de Claudia Rivera Vivanco, abanderada morenista que buscaba reelegirse, en una rueda de prensa conjunta afirmó que la cuñada de Rivera Pérez tenía una relación con el mandatario poblano.

“Un llamado a Eduardo Rivera, eso no se vale. No es correcto, está bien que tú quieras hacer las alianzas que consideres necesarias; está bien que en los próximos meses la familia del gobernador será también tu familia, vale la pena decirlo, su cuñada tiene una relación sentimental con el gobernador y está muy bien. El amor no puede distinguir partidos”, declaró en ese entonces.

Debido a esto, Denisse Ortiz Pérez, cuñada de Rivera Pérez, y Diana Vivanco Calixto, presentaron una denuncia por presuntos actos de violencia política de género, por lo que, tras analizar el caso, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado (IEE), le impuso las medidas cautelares a la morenista el pasado 27 de septiembre.

Aceves argumentaba censura

Tras esto, la exsecretaria general del ayuntamiento impugnó en el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), ya que consideró que se le estableció censura sin ser juzgada, pues la queja no se ha resuelto de fondo, además de que transgredieron sus derechos, pues no mencionó nombre o cargo de la denunciante que pudiera hacerla identificable.

De igual forma, argumentó que no había elementos suficientes para considerar que cometió violencia política, sin embargo, los magistrados no los tomaron en cuenta y ratificaron las medidas cautelares del IEE.

Por ello, Aceves López acudió al Tepjf para tirar dicha sentencia, pero que tras analizar el expediente los magistrados de la Sala Regional resolvieron que se debían mantener (aunque no se detallaron cuáles son), porque estas son sólo preventivas y no se ha resuelto de fondo la queja presentada por las denunciantes.

“Si bien la actora señala ante esta Sala Regional que debe revocarse la sentencia impugnada atendiendo que es una mujer y por tanto debe estudiarse su pretensión a partir de una protección reforzada con una perspectiva de género, lo cierto es que el tribunal local observó los principios de legalidad, exhaustividad o congruencia en su emisión”.

R:CB

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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