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SCJN avala suspensión al maíz transgénico; Semarnat celebra. Foto: Especial

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que continúe la suspensión contra siembra de maíz transgénico con fines comerciales, pues retirarla podría conllevar daños irreparables a la biodiversidad.

Lo anterior, en sesión de este miércoles, donde los ministros aprobaron por unanimidad el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien resolvió no conceder el amparo solicitado por Monsanto Comercial Semillas y Agroproductos, PHI-México, Syngenta y Dow Agroscience.

La resolución establece que la suspensión tiene el objetivo de evitar daños a la colectividad hasta que se resuelva el asunto de fondo, así como de  que no se consumen de manera irreparable o difícilmente reparable.


Por su parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) celebró la determinación de la SCJN, pues consideró que contribuye a la seguridad y a la soberanía alimentarias.

Desde 2013, pidieron suspender transgénicos 

La dependencia recordó que, en 2013, se interpuso una demanda colectiva para proteger la biodiversidad del maíz en México, junto a la demanda pidieron una medida precautoria para impedir la siembra de maíz genéticamente modificado, la cual fue otorgada el mismo año.

Las empresas de transgénicos promovieron amparos desde 2019 (1023/2019), con los que se pretendía que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 610, fracción IV del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Este artículo señala que “en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar a petición de parte, medidas precautorias… dirigidas a proteger los derechos e intereses de una colectividad.”

Los promoventes argumentaron que dicho numeral es a tal grado amplio e indefinido que da lugar a la arbitrariedad por parte del órgano jurisdiccional que ejerza tal atribución.

La Semarnat también se apersonó ante la SCJN para solicitar que se tomara en consideración el decreto presidencial del 31 de diciembre del 2020 que dicta la revocación y la abstención de otorgar permisos de liberación al ambiente de semillas de maíz genéticamente modificado. 

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