El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró fundados los agravios en contra de la omisión de admitir o desechar el procedimiento especial sancionador SE/PES/LETB/142/2021 por parte del IEE, quien se reservó la admisión de la queja indefinidamente.
Así lo determinó el tribunal poblano tras el recurso promovido por Laura Esmeralda Téllez Balanzar, quien acusó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) se reservó la admisión de la queja sin justificar la necesidad y oportunidad de las diligencias de investigación preliminar que ordenó dentro de ese procedimiento en el acuerdo de reserva.
Asimismo, a la fecha de la presentación de la demanda que se resuelve transcurrieron treinta y un días sin que la autoridad haya emitido pronunciamiento alguno.
Por ello, el TEEP declaró fundados los agravios, por lo que dio vista a la Contraloría Interna del IEE, así como a su presidente de la sentencia y demás constancias para que, en su caso, realice las acciones pertinentes en relación con la injustificada dilación de dictar el acuerdo de admisión y pronunciamiento respecto a la adopción de medidas cautelares.
Asimismo, solicitó que se determine si el secretario ejecutivo de ese instituto incumplió con su deber de cuidado, en términos de la normativa aplicable, así como de ser el caso, aplique las sanciones que correspondan.
GDLRP