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CDH emite recomendación a Issstep por aprobar dar pensión y después negarla
CDH emite recomendación a Issstep por aprobar dar pensión y después negarla. Foto: Especial
CDH emite recomendación a Issstep por aprobar dar pensión y después negarla
CDH emite recomendación a Issstep por aprobar dar pensión y después negarla. Foto: Especial

La CDH emitió una recomendación al Issstep luego de que éste aprobó otorgar la pensión de retiro por edad a una persona en 2019, sin embargo, después la declaró como improcedente sin haber dado una justificación, pese a las gestiones que ya se habían hecho.

Esto, de acuerdo con el expediente 7801/2019 que inició la Comisión de Derechos Humanos (CDH) tras recibir la queja del afectado, misma en la que detalló que fue en mayo de 2019 cuando inició el proceso, pero fue hasta noviembre cuando acudió a recoger la credencial que le dijeron que no se la habían validado.

El organismo autónomo relató que tras las solicitudes hechas por este caso determinó que el Departamento de Pensiones del Issstep primero que sí era procedente, pero posteriormente se solicitó a la Coordinación General de la Unidad de Asuntos Jurídicos que emitirá una opinión jurídica sobre dicha solicitud, la cual arrojó que no procedía.

Ante esto, la Comisión detalló que dicha área, sin mediar algún procedimiento administrativo o judicial alguno, sustituyó por su propia voluntad “motu propio”, la primera resolución que emitió y que resultó favorable para el peticionario de la pensión.

Esto, debido a que solo tomó en cuenta la opinión jurídica emitida por dicha coordinación en la que argumentó que se basó en la nueva ley del el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (Issstep) y por eso se revocó.

Al respecto, la CDH manifestó que, si bien es cierto que el Issstep, por su propia naturaleza de Organismo Público Descentralizado, en sus decisiones aplica un margen de discrecionalidad, en su ley y reglamento interior no se establecen facultades expresas tendientes a modificar, revocar o anular sus propias determinaciones, ni mucho menos, que este tipo de actos pudieran estar basados en consultas, asesorías o investigaciones jurídicas.

“De las evidencias analizadas se desprende que, aunque existió una determinación favorable al peticionario y se aprobó la pensión, también hay una resolución que declaró la improcedencia, lo que no guarda coherencia jurídica alguna, puesto fue previamente aprobada, por lo que no debió declararse improcedente con posterioridad”, citó.

No puede ser improcedente tras ser aprobada

Asimismo, dijo que en el reglamento interno no se advierte la posibilidad, facultad o atribución de que las solicitudes de pensión, sean determinadas como “improcedentes”, que lo sean cuando estas ya han sido aprobadas, ni que puedan ser revocadas mediante una opinión emitida por la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Tras esto, la CDH acreditó que hubo violaciones al derecho humano a la seguridad jurídica y a la legalidad, por lo que emitió la recomendación 11/2021 en la que ordenó que se deje insubsistente el oficio en el que se notificó que no se otorgó la solicitud.

Asimismo, se deberá retrotraer al estado que guardaban hasta antes de su emisión, continuando de inmediato con el trámite de otorgamiento de pensión autorizado, la cual será con efectos retroactivos al momento en que correspondía proporcionarse, debiendo cumplirse los demás requisitos legales aplicables.

Además de que deberá darse vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que en el ámbito de su competencia determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por la conducta en que incurrieron los servidores públicos involucrados.

Y se tendrá que emitir una circular en la que se instruya al personal encargado de seguimiento a las solicitudes de pensión para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como se brinde a los trabajadores del ISSSTEP, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos en la legislación local.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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