Tepjf revoca acuerdo para Congreso Nacional de Morena; “sí va”: Luján
Presentan ante el Tepjf impugnaciones contra candidaturas de Morena. Foto: Twitter / @TEPJF_informa
Tepjf revoca acuerdo para Congreso Nacional de Morena; “sí va”: Luján
Tepjf da 24h a aspirante de Texmelucan para solventar observaciones. Foto: Twitter / @TEPJF_informa

La Sala Regional del Tepjf revocó la sentencia del TEEP que negó a una ciudadana registrar su planilla como candidata independiente al ayuntamiento de San Martín Texmelucan por no tener toda la documentación, por lo que ordenó dar 24 horas para solventar las observaciones.

Esto, durante la sesión ordinaria de la sala de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) al resolver el juicio SCM-JDC-36/2021 promovido por Evelyn Hurtado Morales y otras personas contra la resolución que dio el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP). 

Al desahogar dicho expediente, los magistrados manifestaron que el TEEP tuvo que haber hecho una valoración integral de todas las causas por las que el Instituto Electoral del Estado (IEE) negó el registro a la aspirante, lo cual no hizo.

Esto, porque el órgano electoral argumentó que Hurtado Morales no cumplió con todos los requisitos, pues le faltó el llenado correcto del formato uno, así como omitió presentar el reverso de la copia simple de la credencial de elector de una de las integrantes de la planilla. 

Sin embargo, señalaron que estos faltante no son justificación de la negativa lisa y llana del registro, pues se tuvo que valorar que cumplió con los demás requisitos como firmas, nombres y cargos de todos los que la conforman, sumado a que aún se tenían dos días para que el aspirante los solventara. 

Pudo dar el registro condicionado

Además, sostuvieron que el IEE tuvo que haber explorado otras opciones para que se subsanara lo faltante, ya que aún había tiempo para que la aspirante lo hiciera o en su caso, dar el registro de manera condicionada conforme al artículo 201 del Código Electoral local y el numeral 10 de los lineamientos de convocatoria.

“Se propone tener por fundado el agravio planteado para el efecto de dar un plazo de 24 horas a la parte actora para que en su caso pueda subsanar los requisitos y, a su vez, el IEE ya se encuentren en posibilidad de pronunciarse sobre el registro de dicha planilla, para lo cual deberá implementar las medidas y ajustes que resulten necesarios para ello”, citaron.

Durante la sesión igual resolvieron el juicio SCM-JDC-36/2021 promovido por Evelyn Hurtado Morales y otras personas en contra del TEEP, luego de que se le negó el registro como aspirante independiente a la alcaldía de Puebla, la cual fue confirmada por la Sala Regional.

En el desahogo del punto, los magistrados puntualizaron que los agravios señalados por la parte actora son infundados, pues tanto el IEE como el TEEP el 7 de diciembre del año pasado le informaron a la aspirante que solventara las inconsistencias que tenía su documentación, lo cual hizo, pero a destiempo. 

Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...

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