Tribunal revoca suspensión contra etiquetado frontal de alimentos
Algunas marcas usan doble empaque para evitar nuevo etiquetado: ONG. Foto: Revolución 3.0
Tribunal revoca suspensión contra etiquetado frontal de alimentos
Tribunal revoca suspensión contra etiquetado frontal de alimentos. Foto: Revolución 3.0

El Vigesimoprimer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa revocó la suspensión provisional, promovida por la Confederación Cámaras Industriales (Concamin), contra la Norma Oficial Mexicana NOM-051, que establece el etiquetado frontal en alimentos y bebidas.

Así lo dio a conocer este viernes Alfonso Guati Rojo, director general de Normas de la Secretaría de Economía, a través de su cuenta de Twitter, donde resaltó que la resolución del órgano judicial fue avalada por “unanimidad” de los magistrados que lo integran.

El gobierno federal, a través de dicha dependencia, impugnó la suspensión concedida a la Concamin, pues consideró que iba en contra de los acuerdos alcanzados en las mesas de trabajo para aplicar la norma, aprobada por el Congreso de la Unión desde octubre de 2019.

De acuerdo con la nueva legislación, las etiquetas o contraetiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas deberán incluir “información nutrimental de fácil comprensión, veraz, directa, sencilla y visible”.

Además, el “etiquetado frontal de advertencia” será añadido de forma separada e independiente a la declaración de ingredientes e información nutrimental, con leyendas que indique si el producto excede los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos y grasas saturadas.

En respuesta, la industria de los alimentos y bebidas ha rechazado esta modificación, asegurando que afectará a diversas ramas del sector y acusa al gobierno de no escuchar otras opiniones.

No obstante, en febrero pasado, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) señaló que el etiquetado frontal en alimentos y bebidas de México “será uno de los mejores del mundo”.