Piden aval de 2 terceras partes de Cabildo para elegir a titular de Seguridad
Piden aval de 2 terceras partes de Cabildo para elegir a titular de Seguridad. Foto: EsImagen
Piden aval de 2 terceras partes de Cabildo para elegir a titular de Seguridad
Piden aval de 2 terceras partes de Cabildo para elegir a titular de Seguridad. Foto: EsImagen

Los secretarios General, Seguridad, Tesorería y Contraloría de los ayuntamientos serán nombrados o destituidos, ambas a propuesta de los ediles, con el voto de las dos terceras partes del Cabildo, plantea una iniciativa que analiza el Legislativo de Puebla.

Fernando Sánchez Sasia, diputado local por Morena, sometió a consideración del Congreso la propuesta al argumentar que dichas funciones son de suma importancia dentro de los ayuntamientos.

Por ello, también solicitó un nuevo requisito: que el Secretario General, el Contralor, el Tesorero y los responsables de la seguridad pública (secretario y titulares del cuerpo) hayan concluido, por lo menos, la educación media superior.

También, deberán contar de preferencia, con título y cédula profesional, que les permita tener los conocimientos y experiencia suficientes para el desempeño de sus funciones.

Que el nombramiento y la destitución o remoción, ambas a propuesta del presidente municipal, sea por el voto de las dos terceras partes del ayuntamiento.

Habrá encargado de despacho

Se incorpora, para las cuatro funciones, la figura de encargado de despacho, en tanto no se lleve a cabo la sesión de Cabildo y se cumpla con el procedimiento para nombrar a un nuevo titular, el cual podrá ser designado por el munícipe y deberá ser comunicarlo a los integrantes del ayuntamiento.

Además, en caso de renuncia de cualquiera de esos funcionarios, el edil lo deberá de notificar inmediatamente a los miembros del ayuntamiento, además de convocar a la brevedad a sesión extraordinaria de Cabildo para cumplir con el procedimiento establecido para el nombramiento del nuevo titular o encargado de despacho.

Para lo anterior, Sánchez Sasia propuso reformar a la Ley Orgánica Municipal la fracción XXV del artículo 78, el artículo 135, las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 136, el artículo 163, el artículo 168, el artículo 209, así como adicionar la XXV BIS al artículo 78, la fracción VI al artículo 136.