Morena recurre a Tepjf para recuperar alcaldía de El Seco
Morena recurre a Tepjf para recuperar alcaldía de El Seco. Foto: Google maps
Morena recurre a Tepjf para recuperar alcaldía de El Seco
Planta de tratamiento en El Seco no requiere MIA, resuelve Semarnat. Foto: Google maps

La Semarnat resolvió que no se necesita una Manifestación de Impacto Ambiental (MAI) para la construcción de una planta de tratamiento en la localidad de San José Barroso en el municipio de San Salvador El Seco, por lo que se deberá acudir a instancias locales.

De acuerdo con la Gaceta Ecológica número 55, el proyecto en la localidad de San José Barroso, ubicada en el municipio de San Salvador El Seco, fue ingresado el 26 de agosto de 2019 para ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) a la dependencia con el folio 21PU2019H0036.

El proyecto buscaba establecer una planta de tratamiento de aguas residuales integrada principalmente por rejillas para cribado, Reactor Anaerobio de Flujo Ascendente (RAFA), un lecho de secado de lodos y un tanque de contacto de cloro (el cual usará hipoclorito de sodio), donde las aguas tratadas serían utilizadas para el riego agrícola y de pastizales.

Sin embargo, la secretaría contestó que para ello no se realizará alguna actividad considerada como altamente riesgosa, toda vez que empleará como reactivo, durante el proceso de desinfección, hipoclorito de sodio, el cual conforme al primer y segundo listado de actividades altamente riesgosas, no se encuentra catalogado como una sustancia de manejo especial, que pudiera ocasionar una afectación significativa al ambiente o a la población, ante un escenario de fuga, liberación, derrame o explosión.

Asimismo la dependencia destacó que la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) se construirá en campos agrícolas y no será necesaria la remoción de vegetación forestal, por lo que no se requiere del cambio de uso de suelo en áreas forestales.

Por lo anterior, la Semarnat resolvió poner fin al procedimiento administrativo del proyecto ya que éste no es competencia de la federación en Materia de Impacto Ambiental, pues que no encuadra en alguno de los supuestos de los artículos 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y el quinto, de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental; por lo cual, deberá dirigir su solicitud ante la autoridad local correspondiente.