Estados pueden cobrar impuestos a empresas por daño ambiental: SCJN
Estados pueden cobrar impuestos a empresas por daño ambiental: SCJN. Foto: Especial
Estados pueden cobrar impuestos a empresas por daño ambiental: SCJN
Estados pueden cobrar impuestos a empresas por daño ambiental: SCJN. Foto: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenció que es constitucional que las entidades federativas cobren impuestos a las empresas que contaminen el agua y el subsuelo por actividades de extracción de minerales y emisión de gases.

Lo anterior, en sesión de la Primera Sala, donde se aprobó por mayoría el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien planteó avalar los artículos 8, 13, 14 y 19 de la Ley Hacendaria de Zacatecas, donde se aplican “impuestos ecológicos a las minas a cielo”.

Este ordenamiento fue impugnado por el Ejecutivo federal a través de una controversia constitucional, por considerar que es su facultad y no de los estados imponer tales gravámenes, pero la ministra determinó que estos “cuentan con las facultades tributarias sobre el aprovechamiento de los recursos naturales o substancias que en yacimiento constituyan depósitos de igual naturaleza de los componentes de los terrenos.

No obstante, el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sostuvo que avalar este tributo concede a los estados facultades que la Constitución federal establece como exclusivas de la Federación.

Editado por Luis Alberto Palacios